Dosquebradas

Nuevo POT en Dosquebradas: así funcionarán los planes de implantación y regularización hasta 2035

Esta nueva hoja de ruta urbanística viene acompañada de dos instrumentos esenciales: los Planes de Implantación y Regularización en Dosquebradas.

La Alcaldía de Dosquebradas dio un paso gigante hacia la modernización y el ordenamiento urbano del municipio. Tras casi dos décadas con un modelo desactualizado, el nuevo Plan de Ordenamiento Territorial de Dosquebradas aprobado mediante el Acuerdo 007 de 2024 estará vigente hasta 2035. Esta herramienta clave busca convertir a la ciudad en un territorio más competitivo, sostenible y regulado, ajustado a las necesidades actuales de urbanismo, medio ambiente y movilidad.

Bajo el liderazgo del alcalde Roberto Jiménez Naranjo, esta nueva hoja de ruta urbanística viene acompañada de dos instrumentos esenciales: los Planes de Implantación y Regularización en Dosquebradas, los cuales han sido reglamentados con el fin de controlar, mitigar y prevenir impactos negativos derivados de actividades industriales, comerciales, residenciales y de equipamiento público o privado.

¿Qué son los Planes de Implantación y Regularización en el POT de Dosquebradas?

La implementación del nuevo POT incluye estas dos herramientas clave:

  • Plan de Implantación: aplica para actividades nuevas o por iniciar, como la construcción de proyectos o apertura de establecimientos. Tiene como objetivo asegurar el cumplimiento de la normativa vigente y mitigar impactos en áreas como movilidad, medio ambiente y salud pública.
  • Plan de Regularización: enfocado en actividades preexistentes que requieren adaptarse a la normativa del nuevo POT. Permite validar si el funcionamiento actual de un proyecto cumple con las condiciones técnicas, urbanas y ambientales exigidas por el municipio.

Según Lina Marcela Mondragón, secretaria de Planeación, «con la implementación del nuevo POT, se crean los Planes de Implantación y Regularización para los proyectos nuevos y existentes que generen impactos en áreas como el medioambiente y la movilidad. Es importante que los empresarios, constructores y comerciantes verifiquen si sus proyectos están sujetos a estos planes».

¿Quiénes deben presentar los Planes de Implantación y Regularización?

Las actividades sujetas a estos planes están detalladas en la normativa y reguladas también por el Decreto 110 de 2025. Entre las más relevantes se encuentran:

  • Fuentes fijas generadoras de emisiones contaminantes.
  • Fuentes generadoras de olores ofensivos.
  • Los usos comerciales existentes y nuevos al interior del suelo urbano que, por su carácter, afecten la movilidad de las personas, los ciclistas y de los vehículos, o la salud ambiental del entorno.
  • Residuos sólidos ordinarios y manejo de residuos ordinarios con potencial de aprovechamiento.
  • Estaciones de Clasificación y Aprovechamiento de Residuos Sólidos.
  • Residuos sólidos especiales.
  • Equipamientos colectivos de educación y salud de escala superior a la barrial.
  • Equipamientos de la Fuerza Pública.
  • Usos especiales y de alto impacto.
  • Área de actividad industrial, área de actividad industrial La Badea, área de actividad industrial La Romelia y sector Troncal de Occidente.
  • Todo proyecto habitacional igual o mayor de 400 unidades de vivienda.
  • Todo proyecto de más de mil metros cuadrados de construcción, de equipamiento, de comercio o servicios, industria de escala metropolitana y municipal y de grandes desarrollos habitacionales (iguales o mayores de 400 unidades de vivienda).
  • Supermercados y grandes superficies comerciales.
  • Centros comerciales y pasajes comerciales cubiertos.
  • Comercio para la exhibición de vehículos.
  • Comercio pesado de maquinaria y equipo.
  • Comercio de recuperación de materiales.
  • Comercio de alto impacto de riesgo colectivo.
  • Comercio al detal y al por mayor de combustibles y similares.
  • Equipamientos de alto impacto y especiales mayores a mil metros cuadrados.
  • Toda estación de servicio deberá presentar Plan de implantación y Plan de manejo de impactos ambientales.
  • Residuos ordinarios y residuos biodegradables.
  • Uso industrial y agroindustrial.
  • Usos industriales, comerciales y residenciales considerados de alto impacto.

Esta clasificación contempla tanto nuevos desarrollos como actividades existentes que, por su naturaleza, generan un impacto urbano o ambiental significativo.

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Cartilla instructiva para empresarios, constructores y comerciantes

Para facilitar la implementación de estos requerimientos, la Alcaldía puso a disposición una cartilla detallada que guía a los interesados paso a paso en la presentación de los planes. Esta incluye:

  • Artículos del Acuerdo 007 de 2024
  • Etapas del proceso
  • Documentación necesaria
  • Procedimientos para validación y cumplimiento

La cartilla puede consultarse gratuitamente en línea a través del sitio oficial: pot.dosquebradas.gov.co.

Atención personalizada y orientación técnica

Además de la guía digital, quienes requieran orientación presencial pueden acudir a la Secretaría de Planeación de Dosquebradas, ubicada en el tercer piso del Centro Administrativo Municipal (CAM). Allí se ofrece atención especializada para resolver dudas, recibir documentación y acompañar a los actores del sector privado en el proceso de legalización o trámite de sus proyectos.

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