La sanción procede por la utilización irregular de recursos provenientes de vigencias futuras
En decisión de primera instancia la Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión en el ejercicio del cargo por diez meses al señor Víctor Manuel Tamayo Vargas, en su condición de gobernador del departamento de Risaralda para la época de los hechos.
De acuerdo con el fallo disciplinario, el exmandatario departamental incumplió su deber de atender las instrucciones impartidas en la Ordenanza 003 de 2009, al suscribir el Convenio 126 de diciembre de 2010, permitiendo que recursos provenientes de vigencias futuras fueran destinados para al pago de obligaciones financieras de la Promotora de Vivienda y no a la construcción o adecuación de vivienda, con lo cual se generó la cancelación de intereses con cargo a los recursos de las vigencias futuras.
Consideró el ente de control que con esta conducta el disciplinado se apartó de lo consignado en el artículo segundo de la citada ordenanza proferida por la Asamblea Departamental de Risaralda, en la cual se determinó que los recursos allí aprobados debían destinarse exclusivamente para la construcción de 3.072 viviendas nuevas y para el mejoramiento de 5.752 viviendas, durante el período de gobierno 2008-2011 y, que en caso de no cumplirse con los objetivos propuestos, los recursos aprobados no podrían tener otra destinación.
La falta del exfuncionario se calificó como grave en atención al grado de perturbación del servicio, al grave daño social de la conducta y a la jerarquía y mando que ostentaba el señor Tamayo Vargas, y se le imputó a título de culpa gravísima, por violación manifiesta de reglas de obligatorio cumplimiento.
El órgano de control consideró que el exgobernador trasgredió, entre otros, los principios de economía, por utilizar recursos que tenían una destinación específica y se emplearon para otra asumiendo además intereses y de eficacia, por cuanto se invirtieron recursos del Estado sin tener en cuenta el propósito para el cual estaban afectos y las metas con las cuales se debía cumplir.
La Procuraduría inició esta investigación en virtud de los hallazgos disciplinarios remitidos al organismo de control, producto del informe de auditoría integral practicada por la Contraloría General de Risaralda a la Empresa Promotora de Vivienda de Risaralda para el período comprendido entre enero de 2011 y mayo de 2012.
Finalmente, precisó el Ministerio Público que la sanción impuesta se convirtió en el valor equivalente a lo devengado por el entonces gobernador, suma que asciende a $86.592.240, en razón a que no se encuentra en ejercicio del cargo.
Contra la presente decisión procede el recurso de apelación que deberá interponerse dentro de los términos previstos en la ley.
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