El Consejo de Estado comenzó a aplicar una nueva jurisprudencia de la Corte Constitucional en agosto de 2016, según la cual, para despojar a una persona de su investidura, también se debe analizar su culpabilidad, es decir se debe demostrar si con intención incurrió en una inhabilidad.
El nuevo lineamiento se venía aplicando sin problema hasta que por vía de tutela, la Corte Constitucional le devolvió la investidura a un exconcejal de Pereira, a quien un fallo del Consejo de Estado se la había quitado por no declararse impedido para participar en la aprobación de un proyecto en el que tenía interés directo un familiar suyo.
Según la sentencia, no se demostró la culpabilidad del exconcejal porque no se revisaron todas las pruebas aportadas por el afectado.
El problema radica en la fecha porque la nueva jurisprudencia de la Corte Constitucional comenzó a regir a partir de agosto de 2016, pero el fallo que le había quitado la investidura al político es de junio de ese mismo año.
Para algunos expertos, esta decisión puede ocasionar inseguridad jurídica.
Por lo pronto, magistrados del Consejo de Estado advirtieron que pedirán la nulidad de ese fallo de la Corte Constitucional.
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