Se establece la regulación de horarios de funcionamiento para el ejercicio de actividades económicas que involucren el expendio o consumo de bebidas alcohólicas y/o embriagantes en el Municipio de Cartago y se dictan otras disposiciones.
Los horarios se establecen así:
Así mismo, se fijan parámetros para la extensión del horario hasta las cuatro de la madrugada, previa solicitud de permiso ante la Secretaria de Gobierno, a los establecimientos comerciales de diversión con venta y consumo de licor, que acrediten la presentación de programas especiales de carácter artísticos y shows musicales.
El citado Decreto, entre otras decisiones, también prohíbe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y/o embriagantes a cualquier hora, en el espacio y vías públicas, zonas verdes y parques dentro del perímetro urbano de Cartago y del sector poblado de los corregimientos, incluyendo el sector de la variante.
El sueño de tener casa propia se ha convertido en una meta cada vez más…
Una seguidilla de sismos ha sacudido distintas regiones del país en las últimas horas, generando…
Un aparatoso accidente de tránsito sacudió la tranquilidad de la doble calzada entre Bugalagrande y…