Cartago

Gobierno Nacional aún no autoriza la apertura de restaurantes, gimnasios e iglesias en Cartago

Debido a que el municipio de Cartago registra una afectación moderada de COVID-19, MinInterior aún no ha autorizado la reapertura de estos sectores.

Desde mediados del mes de julio, la Secretaría de Salud y la Subsecretaría del Deporte de este municipio del norte del Valle, venían adelantando aspectos relacionados con el Plan Piloto para los gimnasios, por lo cual se realizaron visitas a 11 establecimientos con el fin de corroborar la implementación adecuada de los protocolos de bioseguridad.

Sin embargo, este lunes, el Ministerio del Interior dio respuesta a la solicitud hecha por la administración de Cartago para dar reapertura a varios establecimientos.

«De acuerdo a la clasificación de afectación COVID-19 emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social y habiendo consultado el link (https://covid19.minsalud.gov.co/), hemos podido evidenciar que su territorio al día 27/07/2020, a las 12:00 horas, está registrado como municipio con AFECTACIÓN MODERADA COVID-19, por lo tanto, su territorio se validará en el marco de lo estipulado en el Artículo 5 del Decreto N° 990 de 2020.

Habiendo verificado que las actividades por el municipio relacionadas para el cumplimiento de lo autorizado por el gobierno nacional, para la reactivación gradual de la economía territorial y colocando por encima la prevalencia de la salud y la vida, hacemos las siguientes recomendaciones:

En cuanto a la apertura de Servicios de restaurantes, gimnasios, servicios religiosos: la apertura de dichos servicios en municipios con AFECTACIÓN MODERADA COVID-19, se hará bajo la autorización del Ministerio de Salud, la cual será requerida por esta entidad inmediatamente.

Hasta no contar con esta aprobación, el Ministerio del Interior NO AUTORIZA la aplicación de estas actividades.”

En vista de la situación, el Gobierno local determinó que hasta no tener respuesta del Ministerio de Salud, en Cartago continúa vigente el Decreto Municipal N° 286 Artículo 3° del 15 de julio del 2020, el cual menciona que NO se habilitan, ni se autoriza el uso de canchas, parques infantiles, parques recreo-deportivos, parques biosaludables, polideportivos, GIMNASIOS, gimnasios al aire libre, clubes sociales y deportivos, centros deportivos y demás escenarios deportivos.

Finalmente, la administración indicó que las personas y establecimientos que incumplan estas medidas serán sancionadas de conformidad a lo establecido por el Código Nacional de Seguridad y Convivencia con plena observancia del debido proceso.

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