Los hijos de 18 a 25 años de los trabajadores colombianos afiliados al Régimen Contributivo de Salud, pueden continuar como beneficiarios de sus padres y de esta manera gozar de acceso sin restricción a los servicios del Sistema de Salud.
El Gobierno Nacional sancionó el Decreto que marca el inicio de un periodo de transición, durante el cual toda persona entre los 18 y 25 años de edad que no esté empleada o cotice como independiente y cuyos padres aporten al Régimen Contributivo, hará parte del grupo familiar y estará afiliado al Sistema de Salud como Beneficiario.
Este millón y medio de jóvenes, de los cuales 1,2 aproximadamente son estudiantes y alrededor de 300 mil son dependientes económicos de sus padres, podrán adelantar otro tipo de estudios, ayudar a sus familias o emprender iniciativas de negocio que les permitan tener los ingresos para cotizar más adelante, sin tener la preocupación de estar desprotegidos cuando sufran alguna enfermedad.
Durante la transición de doce meses, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) no podrán negar la prestación de los servicios de salud a los hijos de los afiliados
Durante la transición de doce meses, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) no podrán negar la prestación de los servicios de salud a los hijos de los afiliados del Régimen Contributivo que tengan entre 18 y 25 años y que no tengan obligación de cotizar al sistema.
La declaración de los padres será suficiente para acreditar la condición de beneficiario y será válida hasta tanto el cotizante manifieste por escrito ante la respectiva Entidad Promotora de Salud que el beneficiario ya no ostenta dichas calidades.
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