Atención ciudadanos, comienza a regir comparendo ambiental en Pereira

Atención ciudadanos, comienza a regir comparendo ambiental en Pereira CiudadRegion.com | Cartago | 04 MAR 2014 – 5:49 am

Con la imposición de 7 comparendos ambientales en el lote de la carrera 10 entre calles 14 y 15, la Alcaldía de Pereira quiere colocar en alerta máxima a todos los habitantes de la ciudad para que piensen antes de contaminar el ambiente.

“Lo que buscamos es formar y concientizar a la comunidad de la importancia de cuidar el medio ambiente como único tesoro intangible e indispensable para el bienestar de todas las personas de la región”, manifestó Beatriz Eugenia Ramírez, secretaria de Gobierno.

El comparendo ambiental podrá ser aplicado a personas naturales o personas jurídicas que por acción u omisión causen daños que impacten el ambiente por el mal manejo de residuos sólidos o disposiciones indebidas de escombros.

A las personas naturales que cometan una infracción ambiental se les impondrá un primer comparendo

A las personas naturales que cometan una infracción ambiental se les impondrá un primer comparendo y deberán asistir a una capacitación por la falta cometida.

Así mismo, quienes omitan el primer llamado de atención y cometan la misma acción por segunda vez consecutiva y sean personas naturales, tendrán que hacer un servicio social obligatorio que se le colocará como medida sancionatoria.

Sin embargo aquellas personas que no acaten las medidas pedagógicas, la Alcaldía de Pereira a través de la Secretaría de Gobierno, les impondrán una multa que va entre 2 y 3 salarios mínimos mensuales diarios, por no acatar la ley.

Este mismo comparendo aplicará para las personas jurídicas por medio de la identificación de la empresa infractora y su representante legal, para efectuar la respectiva multa o sanción y dar inicio al proceso de descargos y fallo mediante resolución motivada, que finalizará con el cierre del establecimiento.

Para recordar

Los comparendos ambientales se empezaron a aplicar basados en la Ley 1259 del 2008, acuerdo número 022 del 15 de julio de 2009 y el 040 del 27 de diciembre de 2013, así como el Decreto reglamentario 3695 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial del 2009, para controlar la contaminación de vías públicas por el uso indebido de escombros, basuras y residuos de comidas que están ocasionando graves enfermedades y problemas de salubridad.

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