La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos en contra del señor Juan Carlos Giraldo Romero, en su condición de alcalde municipal de Calarcá, Quindío, para la época de los hechos, por considerarlo presuntamente responsable de falta disciplinaria al incurrir en conducta descrita en la ley a título de dolo y con ocasión del desempeño del cargo.
El entonces burgomaestre al parecer incurrió en irregularidades dentro del proceso de contratación, en la modalidad de selección abreviada de menor cuantía, número 006 de 2012, al negarse, aparentemente, a exigir dentro del mencionado proceso la licencia de funcionamiento expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para poder prestar servicios de seguridad privada en el departamento del Quindío
La empresa que ganó dicha licitación no cumplía con los requisitos legales
La empresa que ganó dicha licitación no cumplía con los requisitos legales necesarios para ser adjudicataria de la contratación indicada, ello por cuanto a pesar de contar con Licencia de Funcionamiento Nacional y Agencia inscrita en la Cámara de Comercio de Armenia, Quindío, a la fecha de suscripción del contrato, no estaba previamente aprobada y habilitada para operar en ese departamento por la Superintendencia.
Con las actuaciones desplegadas por Giraldo Romero se presumen vulnerados los principios de igualdad, eficacia y moralidad, puesto que su deber como ordenador del gasto era acatar fiel y oportunamente los postulados constitucionales y legales que rigen la actividad contractual de la entidad estatal a su cargo.
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