Los ciudadanos y ciudadanas no podrán usar dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video
Los ciudadanos y ciudadanas con discapacidad, avanzada edad o dolencias físicas, que no puedan valerse por sí mismos, podrán votar acompañados hasta el interior del cubículo de votación.
Los ciudadanos y ciudadanas no podrán usar dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., salvo los medios de comunicación debidamente identificados. A partir de la 4:00 p.m. inician los escrutinios y es responsabilidad de la organización electoral garantizar que los testigos electorales ejerzan la vigilancia del proceso a través de las facultades otorgadas en la ley, para ello recibirán copia de las actas de escrutinio y podrán hacer uso de cámaras fotográficas o de video.
El Gobierno Nacional a través del Ministerio del Interior designará para cada uno de los departamentos y para el Distrito Capital de Bogotá, un funcionario del nivel nacional quien el día de las elecciones deberá realizar el seguimiento del proceso electoral, observar el comportamiento de los servidores públicos en relación con el proceso electoral, los organismos de control y vigilancia y las autoridades nacionales, departamentales y municipales; informar a las autoridades nacionales sobre el desarrollo del proceso electoral y transmitir a las autoridades competentes sus observaciones y recomendaciones.
Finalmente se ordena el cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados de frontera, durante el lapso comprendido entre la 6:00 p.m. del 23 de octubre de 2015 hasta las 4:00 p.m., del 25 de octubre de 2015.
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