El Ministerio de Transporte ha anunciado restricciones de movilidad para vehículos de carga con peso igual o superior a las 3,4 toneladas durante los puentes festivos del mes de agosto en toda la red vial nacional.
Estas medidas, establecidas por las Resoluciones 761 del 01 de abril de 2013 y 0002307 del 12 de agosto de 2014, buscan garantizar la seguridad vial y reducir la congestión en las carreteras durante los días festivos.
Las restricciones aplicarán específicamente en dos puentes festivos: el de la conmemoración del Puente de Boyacá, que se extenderá desde el viernes 4 hasta el lunes 7 de agosto, y el puente de la Asunción de la Virgen, que se celebrará desde el viernes 18 hasta el 21 de agosto.
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Para ambos puentes festivos, las restricciones estarán vigentes en diferentes días, horarios y vías:
Puente festivo “Batalla de Boyacá”
- El viernes 4 de agosto de 2023, la restricción aplicará desde las 3:00 p. m. hasta las 11:00 p. m. en las salidas de Bogotá D.C. y en las vías del departamento de Cundinamarca en sentido éxodo. También se restringirá el paso en ambos sentidos en la vía “Bogotá – Villavicencio”. Además, desde las 12:00 m hasta las 11:00 p.m, habrá restricciones en las vías “Bogotá – Soacha – Fusagasugá – Melgar – Ibagué” e “Ibagué – Calarcá – Pereira – Cartago – La Paila”.
- El sábado 5 de agosto de 2023, la restricción aplicará desde las 6:00 a. m. hasta las 3:00 p. m. en todas las vías previamente anunciadas.
- El domingo 6 de agosto de 2023, la restricción aplicará desde las 4:00 p. m. hasta las 11:00 p. m. únicamente en las vías Bogotá – Girardot – Ibagué, Ibagué – Calarcá – Pereira – Cartago – La Paila y Bogotá – Villavicencio.
- El lunes 7 de agosto de 2023, la restricción aplicará desde las 8:00 a. m. hasta la 01:00 a. m. del día siguiente en las vías “Bogotá – Girardot – Ibagué” e “Ibagué – Calarcá – Pereira – Cartago – La Paila”. Asimismo, en la vía “Bogotá – Villavicencio”, la restricción aplicará sin excepciones, en ambos sentidos, desde las 10:00 a 01:00 horas del día siguiente.
Puente Asunción de la Virgen:
- El viernes 18 de agosto, la restricción aplicará desde las 3:00 p. m. hasta las 11:00 p. m. en las salidas de Bogotá D.C. y en las vías del departamento de Cundinamarca en sentido éxodo. También se restringirá el paso en ambos sentidos en la vía “Bogotá – Villavicencio”. Además, desde las 12:00 m hasta las 11:00 p.m, habrá restricciones en las vías “Bogotá – Soacha – Fusagasugá – Melgar – Ibagué” e “Ibagué – Calarcá – Pereira – Cartago – La Paila”.
- El sábado 19 de agosto, la restricción aplicará desde las 6:00 a. m. hasta las 3:00 p. m. en todas las vías previamente anunciadas.
- El domingo 20 de agosto, la restricción aplicará desde las 4:00 p. m. hasta las 11:00 p. m. únicamente en las vías Bogotá – Girardot – Ibagué, Ibagué – Calarcá – Pereira – Cartago – La Paila y Bogotá – Villavicencio.
- El lunes 21 de agosto, la restricción aplicará desde las 8:00 a. m. hasta la 01:00 a. m. del día siguiente en las vías “Bogotá – Girardot – Ibagué” e “Ibagué – Calarcá – Pereira – Cartago – La Paila”. Asimismo, en la vía “Bogotá – Villavicencio”, la restricción aplicará sin excepciones, en ambos sentidos, desde las 10:00 a 01:00 horas del día siguiente.
Vías restringidas para vehículos de carga
- Armenia – Montenegro – Quimbaya.
- Barranquilla – Cartagena (vía al mar).
- Barranquilla – Ye de Ciénaga.
- Barbosa – Cisneros – San José del Nus.
- Bogotá – Chía – Cajicá – Ubaté – Chiquinquirá – Barbosa – San Gil – Bucaramanga.
- Bogotá – Choachí.
- Bogotá – La Calera – Guasca – Guatavita – Sesquilé (incluye Ye de Salitre – Sopo – Briceño).
- Bogotá – La Vega – Villeta – Honda y Corán – Guaduas.
- Bogotá – Soacha – Fusagasugá – Melgar – Ibagué.
- Bogotá – Tocancipá – Tunja.
- Bogotá – Villavicencio – Acacías.
- Bosconia – zambrano – Carmen de Bolívar – Cruz del Viso – Turbaco – Cartagena.
- Bucaramanga – La Lizama.
- Bucaramanga – Pamplona – Cúcuta.
- Bucaramanga – San Alberto.
- Carreto – Calamar – Santo Tomás – Sabanagrande.
- Cúcuta – Ye de Astilleros – Sardinata – Ocaña.
- Honda – Doradal – Medellín.
- Ibagué – Calarcá – Armenia – La Paila.
- Ibagué – Honda.
- Manizales – Mariquita – Armero.
- Medellín – Santa Fe de Antioquia.
- Montería – Cereté – Lorica – Coveñas – Tolú – Toluviejo – Cruz del Viso (Bolívar).
- Mosquera (desde peaje río Bogotá) – Facatativá – Los Alpes.
- Neiva – Espinal – Girardot.
- Neiva – Garzón – Pitalito.
- Primavera – Amagá – Bolombolo – Ciudad Bolívar.
- Primavera – La Pintada – La Felisa – La Manuela.
- Puerto Araujo – Puerto Boyacá.
- Puerta de Hierro – Magangué – Mompós – Guamal – El Banco – Tamalameque – El Burrro.
- Santa Marta – Palomino.
- Sincelejo – Carmen de Bolívar.
- Sogamoso – Toquilla.
- Tunja – Barbosa.
- Tunja – Chiquinquirá.
- Tunja – Duitama – Sogamoso.
- Villavicencio – Cumaral.
- Villavicencio – Puerto López.
- Ye de Ciénaga – Fundación – San Roque – Aguachica.
- Y de Hatillo (Barbosa-Antioquia) – Yarumal – Caucasia.
Los conductores de vehículos de carga deben estar atentos a estas restricciones y tomar las medidas necesarias para evitar sanciones y contribuir a la fluidez y seguridad del tráfico en las carreteras durante los puentes festivos.
Para más detalles y consulta de las vías y horarios de restricción, el Ministerio de Transporte ha dispuesto un boletín en el que se detallan las medidas que regirán durante los puentes festivos de agosto de 2023. Así mismo, indicaron que es responsabilidad de todos los transportadores acatar estas regulaciones y contribuir a un desplazamiento seguro y ordenado en las vías del país.
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