REF. Cámara de fotomulta
La Procuraduría General de la Nación les solicitó a los secretarios de movilidad de las alcaldías de Bogotá, Medellín y Cali responder por el incumplimiento del fallo de la Corte Constitucional (C-038 de 2020) en el que establece los lineamientos para el cobro de infracciones por fotomultas.
En su decisión la Corte estableció que la responsabilidad es individual y, por lo tanto, los fotocomparendos se deben poner a quien está conduciendo y comete la infracción.
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Las constantes quejas de los ciudadanos, evidencian que las alcaldías no estarían cumpliendo el fallo.
Debido a esto, el ente de control, dio un plazo de 5 días a los secretarios de movilidad de estas tres alcaldías para presentar al Ministerio Público las medidas adoptadas para evitar la imposición de infracciones dudosas o inexistentes a los ciudadanos.
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