El Gobierno Nacional presentó los protocolos de bioseguridad para la prevención del covid-19 exclusivos para la operación aérea de vuelos domésticos de pasajeros, los cuales deberán ser implementados por los aeropuertos y las aerolíneas que sean autorizadas, en desarrollo de los planes piloto para la conectividad esencial.
La Ministra de Transporte, Ángela María Orozco, explicó que en la elaboración de este protocolo de bioseguridad, que comenzó a ser construido desde el mes de marzo y fue autorizado por el Ministerio de Salud, participó un amplio equipo técnico de expertos de la Aeronáutica Civil, en coordinación con el Ministerio de Transporte.
Este equipo analizó, revisó y diseñó todas las acciones que se implementarán en desarrollo de la operación aérea a partir del mes de julio.
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Para el desarrollo de este documento se realizaron más de 70 reuniones de trabajo, en las que se revisaron las mejores prácticas internacionales y experiencias de otros países en temas de protocolos de bioseguridad para la operación aérea.
También se formularon las medidas necesarias para garantizar la operación de vuelos de pasajeros a nivel doméstico, en donde prima la salud y la vida de todas las personas involucradas en la operación.
“En muchas de las reuniones donde se revisó el protocolo participaron representantes de los operadores aéreos, los concesionarios y gremios del sector. Con sus aportes, dieron gran valor al diseño del mismo”, precisó la Ministra Orozco.
Además, a través de la Aeronáutica Civil, se socializaron los principales alcances del protocolo con alcaldes y gobernadores interesados en participar en el plan piloto.
En las reuniones técnicas y los análisis previos a la expedición del protocolo se tuvieron en cuenta las experiencias internacionales de organismos como la Organización Civil de Aviación Internacional (OACI), la Airports Council International (ACI), la Administración Federal de Aviación de los Estados Unidos (FAA), la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC) y la Asociación Latinoamericana y del Caribe de Transporte Aéreo (ALTA), así como las de autoridades de aviación civil de China, Canadá y Corea del Sur.
También se tuvieron en cuenta conceptos de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) y de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Cabe indicar que este protocolo fue socializado este miércoles por parte de los ministros de Transporte y de Salud, Fernando Ruiz, en el Aeropuerto El Dorado de Bogotá, donde, junto con otras autoridades y representantes de aerolíneas, revisaron lo que será el manejo de esta estricta normativa que se pondrá en marcha en algunas ciudades piloto de manera paulatina.
Según el Ministro de Salud, ya expedido el protocolo, lo que procede ahora es iniciar los pilotos, para lo cual es necesario establecer acuerdos con alcaldes de ciudades que presentan baja afectación de covid-19, donde se podrían en marcha.
“Se hará en ciudades de baja afectación y se busca generar una dinámica para tener la capacidad de ir, paulatinamente, abriendo los vuelos”, dijo.
El Ministro de Salud recalcó que “el protocolo que se aplicará en Colombia, adoptado por MinSalud, es uno de los más estrictos del mundo”.
“Tomamos la decisión de que fuera aún más estricto que los internacionales, en temas de distanciamiento, tecnologías y normas específicas, para evitar las aglomeraciones que estamos teniendo”, precisó.
“Esos pilotos exigen, obviamente, que haya un acuerdo de voluntades entre el alcalde de salida y el alcalde de llegada (de los vuelos), para que así se lo comuniquen al Ministerio del Interior, quien lo consultará con el Ministerio de Salud”, explicó la Ministra de Transporte.
Agregó que eso “nos permitirá no solamente documentar sino filmar y, de alguna manera, llevar esas imágenes para que los ciudadanos aprendan, entiendan cómo la actividad se puede retomar con seguridad y cómo realmente se puede realizar la actividad de una manera segura, sin que el medio de transporte se convierta en una fuente de contagio”.
Las siguientes son algunas de las medidas contenidas en la Resolución 1054, del 27 de junio de 2020, del Ministerio de Salud y Protección Social.
Estas deberán ser implementadas en los aeropuertos del país y por parte de las aerolíneas autorizadas para el desarrollo del plan piloto para la conectividad aérea esencial:
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