Con el fin de desvirtuar falsas informaciones sobre la nueva resolución que cobija a los motociclistas, se realizan las siguientes aclaraciones sobre la nueva norma que empieza a regir a partir de este 23 de enero.
El gobierno nacional ha manifestado que lo que se pretende con esta nueva normatividad que exige el uso correcto del casco, es garantizar y proteger la vida de las personas que se movilizan en moto por las vías del país.
Es por eso que a través de la Resolución No. 20203040023385, se establecieron condiciones mínimas en el uso de cascos protectores para conductores y acompañantes de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos, quienes deberán cumplir con tres condiciones.
1. La cabeza del usuario de motocicleta debe estar totalmente inmersa en el casco
La cabeza del conductor y acompañante deberá ocupar toda la cavidad interna del casco, el cual deberá estar abrochado a través del uso del sistema de retención, sin correas rotas, ni broches partidos e incompletos.
2. No se podrán portar dispositivos móviles de comunicación o teléfonos
No debe interponerse entre la cabeza y el casco elementos de comunicación como teléfonos móviles, excepto si son utilizados con accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres.
3. Para casos de cascos conocidos como Abatibles o Modulares
Las personas que usen estos cascos con cubierta facial inferior movible, debe ir cerrada y asegurada durante los recorridos.
El gobierno espera que siguiendo estos lineamientos, con el uso de un casco de calidad y de la talla correcta, se garantiza que el desempeño del casco protector puede evitar o mitigar lesiones craneoencefálicas que los motociclistas puedan sufrir en caso de un siniestro vial.
Sin embargo, en redes sociales han surgido muchas dudas y falsas cadenas donde desinforman sobre esta nueva resolución.
Es por eso que algunos expertos de Inducascos han aclarado algunos puntos a algunos medios de comunicación.
¿Qué es tener el casco en perfecto estado?
Tener el casco en perfecto estado es que las correas (ya sean micrométricas o Doble D) estén completas, sin quiebres y que se abrochen de manera correcta debajo de la mandíbula, además que la coraza no evidencie averías.
¿Es verdad que los cascos abiertos no se pueden usar más?
¡Falso! Los cascos abiertos están permitidos con esta nueva resolución. La norma aclara que deben estar completamente abrochados por debajo de la mandíbula. Lo ideal es que estos cascos sean usados para la ciudad y a una velocidad máxima de 60 km/h.
¿Los cascos abatibles o modulares seguirán permitidos?
Sí, los cascos abatibles continuarán con autorización. Lo clave es que, cuando la moto esté en movimiento, se encuentren completamente cerrados.
¿Qué pasa si se incumple con estas normas?
La autoridades impartirán una multa por valor de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes.
¿Esto es solo para el conductor de la moto?
¡No! La normativa será para el conductor y para el pasajero. Ambos deben cumplir con estas medidas tal cual se estipula.
Según las cifras definitivas del Observatorio Nacional de Seguridad Vial, en 2019 fallecieron en Colombia 6.826 personas en accidentes de tránsito.
Los usuarios de motocicleta son quienes mayor participación tienen, con un total de 3.666 registros, que representan el 53,71% del total. Los siguen los peatones, con el 25,59% de los casos, y usuarios de vehículo, con el 13,26%. El 32,4% de los casos de muerte de los usuarios de motos fueron causados por trauma craneoencefálico.
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