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CNE asume más solicitudes para revocatoria de inscripción, ahora contra Óscar Morillo

El tribunal electoral decretó pruebas al Concejo Municipal y a la Registraduría para verificar la renuncia del aspirante. La decisión se suma a otra reciente solicitud contra la inscripción del exalcalde Juan David Piedrahíta de cara a los comicios del 20 de septiembre.

¿Por qué el CNE recibió solicitudes revocar la candidatura de Óscar Morillo en Cartago?

A 11 días de la apertura de las urnas para elegir alcalde en Cartago, Valle del Cauca, la tarjeta electoral mantiene a dos candidatos bajo revisión técnica de sus presuntas inhabilidades. Mediante el Auto CNE-JAPF-001-2026 expedido este 7 de septiembre de 2026, el tribunal electoral ordenó la recolección urgente de certificaciones oficiales para evaluar la salida de la contienda de un segundo aspirante: Óscar Esteban Morillo Rincón.

El expediente contra Morillo avanza de manera simultánea al análisis que el Consejo Nacional Electoral adelanta sobre el exmandatario Juan David Piedrahíta, cuya aspiración también enfrenta solicitudes ciudadanas de revocatoria tras la anulación de su periodo original por doble militancia.

Las fechas en las elecciones de Cartago y la renuncia

El caso particular de Morillo, avalado por la coalición Equipo Quintero, se concentra en su transición de la corporación edilicia a la campaña por el Ejecutivo local. El político fue elegido como concejal por el partido Alianza Verde para el periodo constitucional 2024-2027.

Ante la declaratoria de vacancia en la Alcaldía, Morillo presentó su renuncia al cargo el 5 de agosto de 2026. Esa misma fecha, la mesa directiva emitió la Resolución No. 045 para aceptar su dejación definitiva de la curul. Al día siguiente, el 6 de agosto, inscribió su nombre en los formularios E-6 AL y E-8 AL de la Registraduría Nacional para competir en los comicios atípicos programados para el domingo 20 de septiembre de 2026.

Aunque el retiro fue aprobado por sus compañeros de recinto, los peticionarios argumentan un vacío administrativo. Según las demandas radicadas los días 26 y 31 de agosto por los ciudadanos Juan Alberto Agudelo Sánchez y Víctor Alfonso Pineda Amaya, el Concejo de Cartago ordenó publicar y comunicar la resolución, pero el documento no habría figurado en el repositorio institucional ni en la Gaceta municipal antes del cierre del calendario de inscripciones.

El debate sobre la coincidencia de periodos

La aparente falta de publicación impide, según los solicitantes, que la renuncia tuviera eficacia jurídica externa en el momento exacto de la inscripción de la candidatura. Si el retiro no era oficial frente a terceros, argumentan, Morillo seguiría atado al periodo institucional del cabildo local (2024-2027), el cual coincide temporalmente con el mandato al que aspira.

Para el magistrado del CNE, José Antonio Parra Fandiño, la situación exige una revisión documental detallada antes de tomar una decisión de fondo.

Un factor adicional incorporado en el expediente señala que la curul vacante en el Concejo de Cartago solo fue ocupada formalmente hasta el 13 de agosto. En esa fecha, la ciudadana Martha Isabel Pinzón Cuéllar asumió la posición que seguía en la lista de la Alianza Verde.

Le puede interesar: Consejo de Estado tumba la elección del alcalde Juan David Piedrahíta por doble militancia

Pruebas al Concejo y plazos de defensa del CNE

Para aclarar la secuencia administrativa, el auto del Consejo Nacional Electoral fijó términos estrictos a las autoridades locales de Cartago, Valle del Cauca, orientados a certificar si existió el mecanismo de publicidad del acto.

«Se REQUERIRÁ a la REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL del municipio de CARTAGO – VALLE DEL CAUCA, con el fin de que en el término de un (1) dia […] remita con destino a esta actuación […] los documentos que fueron aportados por el candidato o su organización política para acreditar la terminación de su condición de concejal», instruyó el magistrado Parra Fandiño en el auto oficial.

El Concejo Municipal recibió un margen perentorio de dos días para certificar si la Resolución 045 fue publicada, indicando la hora, la fecha y el medio tecnológico empleado. Asimismo, el recinto deberá anexar las constancias de comunicación al ahora candidato y los comprobantes de entrega del acto a la Registraduría.

Finalmente, el organismo electoral otorgó un término legal de dos días para que Óscar Esteban Morillo Rincón y los representantes de su coalición ejerzan el derecho de defensa y contradicción tras ser notificados formalmente de la apertura del proceso.

El desenlace de las candidaturas atípicas en este municipio depende del tiempo que tome la Sala Plena en revisar el material probatorio. La vigencia de las inscripciones de Morillo y Piedrahíta permanece inalterada en las papeletas de votación mientras los magistrados no expidan resoluciones concluyentes.

Preguntas relacionadas:

  • ¿Por qué investigan la candidatura de Óscar Morillo en Cartago? Dos ciudadanos solicitaron al CNE anular su inscripción por coincidencia de periodos, argumentando que su renuncia al Concejo Municipal no se publicó en los tiempos legales.
  • ¿Cuándo se realizan las elecciones atípicas en Cartago, Valle? La Gobernación del Valle del Cauca convocó las votaciones para el domingo 20 de septiembre de 2026, con el fin de elegir alcalde para el resto del periodo institucional.
  • ¿Qué candidatos tienen procesos en el CNE por las elecciones de Cartago? Actualmente, el tribunal electoral estudia solicitudes de revocatoria contra las inscripciones del exalcalde Juan David Piedrahíta y del exconcejal Óscar Esteban Morillo.

CiudadRegion Noticias

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