Pereira

Más de 8.400 risaraldenses no han cobrado su primer giro de la Devolución del IVA

El segundo giro del programa DEVOLUCIÓN DEL IVA inició el pasado sábado 22 de mayo y culmina el próximo jueves 10 de junio de 2021.

Hay que recordar que la Compensación del IVA (mejor conocida como Devolución del IVA) consiste en la entrega bimestral de transferencias monetarias no condicionadas a hogares en situación de pobreza y pobreza extrema.

Para el año 2021 se van a entregar 6 giros de $76.000 cada uno a través de la red SuperGIROS® y sus aliados en todo el país.

En total para la vigencia 2021 se seleccionaron 2 millones de beneficiarios, un millón que venían siendo beneficiados desde 2020 y un nuevo millón para 2021.

A cada titular del giro le llega un mensaje de texto (SMS) desde el # 85594 informándole que es beneficiario del giro y que debe acercarse a cobrarlo en un punto de la red SuperGIROS®.

También se habilitó una consulta web en la cual las personas sólo con el número de la cédula de ciudadanía pueden consultar si son titulares del beneficio: https://devolucioniva.prosperidadsocial.gov.co/#popup33

Para el departamento de Risaralda se asignaron más de 31 mil cupos y en el primer ciclo de pagos se entregaron giros a más de 22 mil titulares.

El primer giro se entregó entre el 22 de abril y el 11 de mayo. El segundo giro se está entregando desde el sábado 22 de mayo e irá hasta el jueves 10 de junio.

Los titulares que no cobraron el primer giro deben cobrar el acumulado, esto es, los 76 mil del primer giro y los 76 mil del segundo, para un total de $152.000.

Te puede interesar: Ingreso Solidario: ¿Eres beneficiario del giro del mes de junio? Consulta aquí

Los giros pueden reclamarse en cualquier punto de la red SuperGIROS® (Apostar) del departamento. Los titulares que estén por fuera del departamento deben acercarse a algún punto del operador SuperGIROS del municipio donde residan y solicitar el traslado del giro, esto podría tomar aprox. 24 horas.

En el caso de la devolución del IVA, ÚNICAMENTE el titular es el autorizado para cobrar. Sólo se autoriza el pago con el original de la cédula de ciudadanía.

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