Pereira

Construcción de parqueaderos públicos en Pereira tendrá beneficios tributarios

Descuentos desde el 75% hasta el 100% del valor del impuesto predial.

Las construcciones que cumplan los requisitos podrán tener descuentos desde el 75% del valor del impuesto predial.

Fue aprobado el proyecto de acuerdo presentado por la Secretaría de Hacienda ante el Concejo Municipal, que busca establecer un beneficio tributario para incentivar la construcción de parqueaderos públicos.

Esta propuesta otorga beneficios tributarios a la construcción de parqueaderos públicos, para contrarrestar el déficit de espacio público causado por los vehículos que parquean en las vías, calles o incluso andenes o espacios peatonales.

Debido a esto, presentaron ante el Concejo de Pereira el Proyecto de Acuerdo Nro. 14, el cual busca incentivar con una exoneración del 100% de impuesto predial unificado y del impuesto de delineación urbana la construcción de parqueaderos públicos en la ciudad.

Con 19 votos positivos el proyecto de acuerdo fue aprobado, así que la Secretaría de Hacienda iniciará un trabajo de verificación de requisitos y condiciones para otorgarlo. Es importarte resaltar que este beneficio aumentaría el ingreso por concepto de impuesto de industria y comercio de la ciudad.

En qué consiste el beneficio

Dora Patricia Ospina Parra, secretaria de Hacienda explicó los beneficios de la propuesta.

«Los parqueaderos que se construyan a partir de la fecha y hasta diciembre 31 del 2022 se les dará un descuento del 75% del valor del impuesto predial si se construyen de 50 a 100 plazas y un descuento del 100% del impuesto predial a aquellos que se construyan en un número superior a 100 plazas para automóviles, pero adicional a esto tendrán un descuento en el impuesto de delineación urbana», explicó.

Así mismo, la funcionaria, señaló que la exoneración del impuesto predial irá hasta por 10 años a partir del año gravable siguiente a la terminación de la construcción del parqueadero.

«Este otorgamiento se hace a través de una revisión que se hace desde la Subsecretaria de Asuntos Tributarios y es a solicitud del contribuyente antes del 31 de enero del año gravable que se desee obtener la exoneración», resaltó Ospina Parra.

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Requisitos para el beneficio

Entre las condiciones establecidas para esta exoneración se encuentran que la edificación tiene que ser nueva, tener una altura mínimo de dos niveles, acreditar el número de plazas, cumplir con las normas de urbanismo y documentos legales vigentes, destinar mínimo un 85% del predio a parqueadero público, estar al día con los impuestos del municipio de Pereira, incluir un espacio para bici parqueaderos, tener la certificación de la Cámara de Comercio de existencia y de la actividad de parqueadero público registrado como código CIIU.

Finalmente, indicaron que se debe hacer una solicitud de la incorporación a esta construcción al terreno o propiedad ante la oficina de catastro.

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