La Industria Licorera de Caldas y el departamento de Caldas llevaron ante la Corte Constitucional la defensa del derecho de los colombianos a elegir libremente el aguardiente de su preferencia. Durante una audiencia pública, se debatió la constitucionalidad del artículo 28 de la Ley 1816 de 2016, que permite a las gobernaciones restringir el ingreso de licores destilados como el aguardiente a sus territorios por un periodo de hasta seis años, lo que ha generado barreras comerciales dentro del país.
Restricciones al comercio de aguardiente
El debate surge a raíz de la demanda presentada por Julio Andrés Ossa, Jorge Enrique Sánchez y Pablo Felipe Robledo, quienes argumentan que la norma actual genera una división artificial en el mercado colombiano, afectando la libre competencia. En su intervención, Robledo, quien ha sido superintendente de Industria y Comercio, señaló que en Colombia se da la situación de que cada departamento establece sus propias reglas de comercio, lo que limita la venta de productos como el Aguardiente Amarillo de Manzanares en mercados importantes como Antioquia, Cundinamarca y Valle del Cauca.
Según los demandantes, estas restricciones no solo perjudican la libre competencia, sino que también afectan los derechos de los consumidores, quienes se ven limitados en su capacidad de elegir entre diferentes productos en el mercado.
La defensa del Aguardiente Amarillo
El gerente de la Industria Licorera de Caldas, Diego Angelillis Quiceno, resaltó durante la audiencia que el Aguardiente Amarillo de Manzanares ha sido uno de los productos más innovadores y exitosos de la compañía, ganándose la preferencia de millones de consumidores. Sin embargo, debido a las restricciones impuestas por la ley, este aguardiente no puede comercializarse en el 67% del país, aunque sí es más fácil encontrarlo en mercados internacionales como Miami o Madrid. Angelillis enfatizó que estas barreras comerciales atentan contra la libre competencia y los derechos de los consumidores.
“Los empresarios tenemos entendido que es ahí en la calle y no en los escritorios de los gobernadores en donde se conquista el mercado”, afirmó Angelillis, haciendo un llamado a la Corte Constitucional para que elimine estas restricciones y permita la comercialización libre de productos en todo el territorio nacional.
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El impacto en las finanzas de otros departamentos
Por otro lado, la Gobernadora del Valle del Cauca, Dilian Francisca Toro, defendió la necesidad de mantener las restricciones de la Ley 1816, argumentando que la suspensión del monopolio rentístico de licores tendría graves consecuencias para las finanzas de su departamento. Según la mandataria departamental, los recursos derivados de la producción y venta de aguardiente representan el 20% de los ingresos por impuesto al consumo en el Valle del Cauca, y la apertura del mercado a productos de otras regiones podría afectar significativamente a la Industria de Licores del Valle (ILV).
Dilian Francisca Toro también destacó que la ILV ha llevado a cabo un proceso de modernización que ha permitido un aumento en las ventas, pasando de 4.3 millones de botellas en 2017 a 10.8 millones en 2023, lo que representa un incremento del 151%. Este crecimiento, según la mandataria, ha sido posible gracias a la protección que brinda la ley vigente.
Una decisión trascendental
El gobernador de Caldas, Henry Gutiérrez Ángel, calificó este caso como uno de los más importantes en la historia de la Corte Constitucional en términos de derecho económico y libre competencia. Gutiérrez destacó que el tema no solo afecta a las empresas licoreras, sino también a las libertades individuales de los colombianos, quienes tienen derecho a elegir los productos que consumen sin que las decisiones de los gobiernos departamentales limiten esa libertad.
El gerente de la Industria Licorera de Caldas hizo un llamado a los magistrados para que se garantice la libre competencia en el mercado de licores en Colombia y se eliminen las barreras comerciales que impiden el crecimiento de productos como el Aguardiente Amarillo de Manzanares.
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