Política

Se reglamenta la propaganda para las elecciones de octubre en Cartago

Mediante decreto se estipulan las restricciones y limitaciones para realizar la publicidad política para estas elecciones.

Mediante el Decreto N° 101 del 12 de julio de 2019, la Administración Municipal de Cartago, reglamenta la propaganda electoral para las elecciones del 27 de octubre del año en curso.

El documento recuerda que la Ley 140 de 1994 reglamentó la publicidad exterior visual en el territorio Nacional, restringiendo notablemente el desarrollo de esta actividad en las áreas urbanas, asignando a las autoridades municipales la competencia para determinar los lugares en donde será permitida, en armonía con el derecho de la comunidad a disfrutar del uso del espacio público y la preservación de la estética.

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El Decreto deja claro el período durante el cual se puede hacer uso de la propaganda a través de los medios de comunicación social y en el espacio público.

Así mismo, estipula el número máximo de cuñas radiales diarias que se pueden emitir, el número de avisos a publicar en medios impresos, el número de vallas publicitarias que se pueden instalar, entre otros aspectos, así.

  • Los partidos y movimientos políticos contarán con un máximo de 30 cuñas radiales diarias de hasta 15 segundos de duración cada una.
  • En medios impresos 4 avisos de hasta una página por edición
  • Los partidos y movimientos políticos podrán colocar un máximo de 8 vallas. Las que se instalen dentro del perímetro urbano no podrán exceder los 48 m2
  • Las vallas que se instalen cerca de las carreteras deberán tener un área máximo de 60 m2, además, la distancia mínima de la publicidad en cruce de ferrocarriles, puentes, retenes y curvas pronunciadas será de 250 metros.
  • El decreto además especifica en el artículo quinto algunas prohibiciones para las vallas que se instalen fuera del perímetro urbano.
  • Los partidos y movimientos políticos, sociales deberán distribuir entre sus candidatos inscritos las cuñas radiales, avisos, vallas a que tienen derecho sin exceder el límite permitido.

Decreto

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