Las autoridades de tránsito y vialidad han establecido los nuevos límites máximos de velocidad para mejorar la seguridad en las vías del país.
El Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) han fijado las velocidades límite en distintas áreas metropolitanas y departamentos de categorías especiales 1, 2 y 3, con el fin de reducir los índices de accidentalidad relacionados con el exceso de velocidad.
Los nuevos límites de velocidad en Colombia, son los siguientes:
- Zonas escolares y residenciales: Se establece un límite de velocidad de 30 km/h.
- Vías urbanas y carreteras municipales: La velocidad máxima permitida en estos casos será de 50 km/h.
- Carreteras nacionales y departamentales: En ningún caso podrá sobrepasarse los 90 km/h.
- Vías de doble calzada sin pasos peatonales: Se permitirá una velocidad máxima de hasta 120 km/h.
El ministro de Transporte, William Carmago, afirma que estos nuevos límites de velocidad tendrán un impacto positivo en la reducción de la siniestralidad vial a nivel nacional.
“El exceso de velocidad es unos de los principales riesgos de los actores viales en la vía, asociados a la siniestralidad”, explicó Lina Huari, directora encargada de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
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La responsabilidad de aplicar y señalizar estos límites de velocidad recae en las autoridades de tránsito. La nueva metodología para reducir los límites de velocidad se aplicará tanto en vías diseñadas y en proceso de construcción, como en aquellas que próximamente entrarán en operación.
El plazo máximo para implementar las modificaciones será de doce meses a partir de la entrada en vigencia de la resolución correspondiente.
Estos cambios buscan mejorar la seguridad vial en el país y reducir los riesgos asociados al exceso de velocidad, promoviendo un ambiente de conducción más seguro para todos los actores viales.
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