Renovar la licencia de conducción podrá evitar sanciones e incluso la inmovilización del vehículo, pero más allá del requisito legal, tener al día este documento es un acto de responsabilidad como actores viales, que refleja el cuidado de sí mismo y de quienes están cerca.
Según explicó Luis Lota, director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial en RadioNacional, tras expedirse el Decreto Ley 019 del 10 de enero de 2012 (Ley Antitrámites) se estableció que toda persona con licencia de conducción vigente para vehículo particular, debe renovarla cada 10 años si es menor de 60 años, o cada 5 años si está entre los 60 y 80 años o anualmente si tiene más de 80 años.
Con este cambio de normativa a muchos colombianos se les vencerá la vigencia el próximo 10 de enero de 2022.
De acuerdo al funcionario, la razón de la renovación no solo obedece a un cumplimiento legal, sino también porque “como seres humanos día a día va cambiando nuestra forma de ver y nuestro desempeño motriz y lo que se busca es garantizar, por un periodo de tiempo razonable, que se pueda verificar su condición óptima de salud para poder tener la certeza de que las personas que conducimos tenemos la idoneidad para hacerlo”.
1. Revisar en la parte posterior de su licencia la fecha de vencimiento. Si la fecha es posterior al 10 de enero del 2022, se entenderá que tiene hasta la fecha indicada en el documento para adelantar el proceso.
2. Si no tiene fecha de vencimiento en su licencia, no significa que tenga una vigencia indefinida, por el contrario, usted es uno de los que debe renovarla pronto porque hace parte del grupo de personas que se les vence en enero del 2022.
3. Ingresando a la página web del Registro Único Nacional de Tránsito – RUNT podrá verificar la fecha exacta de vencimiento.
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“La licencia de conducción es un documento que nos demuestra la idoneidad para conducir cualquier vehículo en Colombia y conducir requiere de esta certificación”.
Lota manifestó que sin este documento al día, se puede ser acreedor de una sanción de hasta ocho salarios diarios mínimos legales vigentes ($242,273 aprox.) y llegar a ser inmovilizado el vehículo si no se cuenta con una persona que pueda continuar con el recorrido del mismo.
Los tiempos son distintos y hay varios límites. Si conduce un vehículo particular y la licencia corresponde a la categoría A1, A2, B1, B2 y B3, tengo determinados plazos para renovarla dependiendo de la edad.
En caso de conducir vehículos de transporte público y tener licencias tipo C1, C2 y C3 debo hacerlo cada tres años si tiene menos de 60 años y anualmente si tiene más de 60.
“Las citas pueden agendarse por internet para posteriormente ir de manera presencial a hacer los chequeos correspondientes. En estos trámites no tardará más de una hora”, indicó Lota.
¿Debo esperar hasta la fecha de vencimiento para renovar mi licencia de tránsito?
“La fecha de vencimiento es la fecha límite. Se puede hacer antes y es lo más recomendado. Lo importante es hacerlo antes de la fecha de vencimiento porque hacerlo posteriormente significará que no podrá conducir el vehículo hasta no tener la renovación”, explicó el funcionario.
¿Necesito hacer nuevamente el curso de conducción para renovar la licencia?
“No necesita volver a hacer el curso en una escuela de conducción o tomar un curso en las secretarías. Solo requiere del examen médico para verificar que usted tiene las condiciones de salud para seguir conduciendo en Colombia. En caso de que no sea un conductor permanente y quiera renovar su licencia, se recomienda tomar un curso para reforzar conocimientos solo si lo considera necesario”, comentó el director.
¿Puedo hacer el examen a través de un tramitador?
“No porque usted mismo es el que debe presentarse al examen médico. Nadie puede certificar su condición de salud más que usted mismo, y al ir a la respectiva secretaría de tránsito tendrán que tomarle una foto, por ende, debe ser usted personalmente quien adelante el trámite y no un tercero”, recalcó el directivo.
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