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Corte Constitucional prohíbe el matrimonio infantil en Colombia

Solo las personas mayores de 18 años podrán contraer matrimonio en el país.

En una decisión trascendental que marca un hito en la protección de los derechos de la infancia, la Corte Constitucional de Colombia ha declarado inconstitucionales los matrimonios infantiles, estableciendo que solo las personas mayores de 18 años podrán contraer matrimonio en el país.

Corte Constitucional prohíbe el matrimonio infantil en Colombia

El reciente fallo de la Corte, emitido en una de sus primeras decisiones del año 2025, pone fin a una práctica que afectaba principalmente a niñas y adolescentes. La resolución establece que, incluso con el consentimiento de los padres o representantes legales, no se permitirá el matrimonio hasta que las partes involucradas hayan alcanzado la mayoría de edad.

La Corte argumentó que los matrimonios infantiles y las uniones tempranas vulneran principios constitucionales fundamentales, además de limitar el desarrollo integral y la autonomía de los jóvenes, quienes, en muchos casos, no tienen la capacidad plena para tomar decisiones informadas sobre su futuro.

El contexto de la decisión

El fallo de la Corte llega en un momento clave, tras la aprobación legislativa del 13 de noviembre de 2024, cuando el Congreso de la República avaló la prohibición del matrimonio infantil. Aunque la ley aún está pendiente de sanción, el alto tribunal se adelantó para evitar que menores continúen siendo sometidos a este tipo de uniones.

La Corte también reconoció que el matrimonio infantil perpetúa ciclos de pobreza, desigualdad y violencia de género, factores que afectan de manera desproporcionada a las niñas en zonas rurales y comunidades vulnerables.

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Impacto en la sociedad colombiana

Este cambio normativo tiene un gran significado para los esfuerzos nacionales e internacionales en la defensa de los derechos infantiles. Según informes de organizaciones como UNICEF y Human Rights Watch, Colombia era uno de los países de la región donde aún se permitían matrimonios de menores con consentimiento paterno.

La decisión también refuerza la necesidad de implementar estrategias educativas y culturales que sensibilicen a las comunidades sobre los efectos negativos del matrimonio precoz. En esta línea, la Corte ordenó a la Defensoría del Pueblo identificar las regiones con mayor incidencia de matrimonio infantil y desarrollar campañas pedagógicas.

Acciones futuras

El fallo de la Corte no solo prohibe el matrimonio infantil, sino que también sienta las bases para una mayor protección de los derechos de los menores. Entre las acciones ordenadas destacan:

  • La creación de programas de sensibilización para prevenir el matrimonio temprano.
  • El fortalecimiento de redes de apoyo para adolescentes en riesgo de uniones tempranas.
  • La promoción del acceso a la educación y oportunidades laborales para las niñas.

Una victoria por los derechos de la infancia

La prohibición del matrimonio infantil en Colombia representa un paso firme hacia la construcción de una sociedad más justa y equitativa. Esta medida contribuye a garantizar que los menores tengan la posibilidad de vivir plenamente su infancia, acceder a una educación de calidad y tomar decisiones informadas sobre su vida sin presiones externas.

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