La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el señor Luis Carlos Ossa Morales, en su condición de alcalde municipal de Restrepo (Valle), por presuntamente desconocer prohibiciones establecidas para los servidores públicos en el Código Disciplinario Único.
La investigación disciplinaria se originó tras una queja instaurada por un ciudadano, en la cual manifestó que desde el 2012 el mandatario ha permitido que una persona que no tiene ningún vínculo laboral con la administración municipal, intervenga en labores propias de su despacho.
Las pruebas recaudadas indican que el funcionario habría admitido que una ciudadana sin funciones como empleada pública o como contratista accediera a documentación y archivos propios de la Alcaldía y, además, participara en discusiones ante el Consejo como vocera del municipio.
Consideró el órgano de control que el señor Ossa Morales podría estar incurso en falta disciplinaria por incumplir los numerales 21 y 31 de la Ley 734 de 2002 que en su Artículo 35 establece como prohibiciones a todo servidor público “21. Dar lugar al acceso o exhibir expedientes, documentos o archivos a personas no autorizadas (…) 31. Tener a su servicio, en forma estable para las labores propias de su despacho, personas ajenas a la entidad”.
La conducta desplegada por el sujeto disciplinable fue calificada provisionalmente como grave cometida a título de dolo, teniendo en cuenta la jerarquía del investigado, toda vez que como primer mandatario debía conocer sus limitaciones, dar ejemplo a la comunidad que representa y respetar el desarrollo de las funciones encomendadas.
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