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Fenalco pide tumbar el incremento del salario mínimo de 2026 sin afectar sueldos ya cobrados

El gremio presentó argumentos ante el Consejo de Estado para anular el Decreto 1469 de 2025, señalando que la sustitución de los criterios legales por el concepto de salario vital sienta un precedente para el ajuste de 2027.

¿Por qué Fenalco pide la nulidad del incremento del salario mínimo y qué pasará con los sueldos actuales?

La Federación Nacional de Comerciantes Empresarios (Fenalco) solicitó al Consejo de Estado declarar la nulidad del Decreto 1469 de 2025, mediante el cual se fijó un aumento del 23 % en el salario mínimo para 2026. Según el gremio, el ajuste se sustentó en la estimación de salario vital atribuida a colaboradores de la OIT sin carácter vinculante, omitiendo los parámetros de la Ley 278 de 1996. La organización aclaró que la demanda no exige la devolución de ingresos ni vulnera derechos adquiridos, pues busca fijar reglas claras para la concertación de 2027.

En la sede del Consejo de Estado, en Bogotá, la representación jurídica de los comerciantes formalizó sus alegatos de conclusión contra el acto administrativo que reguló el ingreso básico nacional para 2026. La radicación del documento marca el tramo final de la demanda con la que el sector comercial busca invalidar el ajuste decretado por la administración anterior.

El pronunciamiento ratifica la postura del gremio frente a la metodología aplicada en el ajuste salarial.

Los argumentos de Fenalco ante el Consejo de Estado

La Federación Nacional de Comerciantes Empresarios sostiene que el acto gubernamental desconoció los criterios obligatorios fijados en la Ley 278 de 1996 y en el Código Sustantivo del Trabajo. Entre los parámetros omitidos se encuentran los índices de inflación, las mediciones de productividad técnica, la evolución del producto interno bruto, la contribución del trabajo al ingreso nacional y la capacidad de pago del sector empresarial.

«El gobierno anterior no podía apartarse de los criterios establecidos por el legislador. La fijación del salario mínimo está sujeta a reglas que deben cumplirse. Su desconocimiento constituye una razón suficiente para que el Consejo de Estado anule el decreto«, afirmó Jaime Alberto Cabal Sanclemente, presidente de Fenalco.

El gremio argumenta que el incremento del 23 % se fundamentó de forma prioritaria en un informe sobre el concepto de salario vital. Este estudio, elaborado por consultores de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), planteaba una referencia técnica del 22,7 %, cifra que coincidió casi de manera exacta con el valor decretado. Sin embargo, dicha estimación carece de fuerza jurídica obligatoria dentro del ordenamiento colombiano.

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La decisión administrativa carece de una sustentación clara sobre el cálculo de las variables macroeconómicas.

El precedente jurídico sobre los derechos de los trabajadores

Frente a las dudas sobre el impacto de un eventual fallo favorable, la dirección de Fenalco precisó los alcances de la demanda dictaminada ante la alta corte. La solicitud de invalidez no contempla cobros retroactivos a los empleados ni reducciones en las mesadas que se devengan actualmente en el territorio nacional.

«Solicitamos el restablecimiento de la legalidad, con plena protección de los trabajadores. La nulidad no implica devolver salarios ni desconocer derechos adquiridos. Existe un precedente del propio Consejo de Estado que permite preservar las situaciones jurídicas consolidadas», explicó Jaime Alberto Cabal.

La jurisprudencia citada corresponde a la sentencia de 2017, cuando el mismo tribunal dejó sin efecto el decreto de salario mínimo dictado para esa vigencia debido a deficiencias en su motivación formal. En esa oportunidad, la corporación judicial aplicó el principio de conservación del derecho para evitar retrocesos en las sumas percibidas por la fuerza laboral.

El fallo busca sentar las bases jurídicas que regirán la mesa de concertación salarial del año 2027.

Preguntas relacionadas

  1. ¿Qué pide Fenalco respecto al aumento del salario mínimo de 2026? Fenalco solicitó al Consejo de Estado declarar la nulidad del Decreto 1469 de 2025 al considerar que no se respetaron los criterios de la Ley 278 de 1996.
  2. ¿Los trabajadores tendrían que devolver dinero si se anula el decreto? No. El gremio precisó que la eventual nulidad respeta los derechos adquiridos y los sueldos ya devengados, fundamentándose en precedentes judiciales de 2017.
  3. ¿En qué se basó el Gobierno para fijar el incremento del 23 %? Según la demanda de Fenalco, el incremento se sustentó en un estudio no vinculante sobre «salario vital» vinculado a la OIT, que sugería un ajuste del 22,7 %.

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