
En una decisión sin precedentes recientes, el Consejo de Estado suspende provisionalmente el decreto de salario mínimo para 2026, que había fijado un incremento del 23,7 %, considerado el más alto en la historia del país.
La medida cautelar se adoptó en medio del estudio de cerca de 30 demandas que cuestionaban la legalidad del aumento. Sin embargo, la suspensión solo entrará en vigencia una vez el Gobierno Nacional expida un nuevo decreto provisional con una cifra ajustada a los parámetros técnicos exigidos por la ley.
¿Por qué se suspendió el decreto del salario mínimo 2026?
El alto tribunal venía analizando un cúmulo de acciones judiciales contra el decreto que estableció el incremento del 23 %, bajo el argumento de que no cumplía con los criterios económicos obligatorios.
Los demandantes solicitaron la suspensión provisional del Decreto 1469, al considerar que el aumento no estaba debidamente sustentado en lo dispuesto por el artículo 8 de la Ley 278 de 1996.
Según dicha norma, al momento de fijar el salario mínimo, el Gobierno debe tener en cuenta factores como:
- Inflación.
- Productividad.
- Contribución de los salarios al ingreso nacional.
- Crecimiento del PIB.
- Meta de inflación.
De acuerdo con las demandas, estos parámetros habrían sido omitidos o no suficientemente justificados en la determinación del incremento del 23,7 %.
El auto del Consejo de Estado sobre el salario mínimo 2026 concluye que existe una vulneración preliminar de los criterios técnicos, lo que justifica la adopción de la medida cautelar.
La orden judicial: nuevo decreto en ocho días
El alto tribunal le dio un plazo de ocho días calendario al Gobierno para expedir un nuevo decreto provisional.
“A título de medida cautelar, ordenar a las entidades demandadas que, dentro de los ocho (8) días calendario contados a partir del día siguiente a la notificación de esta providencia, realicen, expidan y publiquen un decreto en el que se fije el porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo legal para el año 2026 y el consecuente valor total del mismo para esta vigencia, que regirá hasta tanto se dicte sentencia en el proceso”.
Además, el tribunal precisó:
“Para la determinación de dicha cifra, el Gobierno Nacional deberá atender y aplicar la totalidad de los criterios económicos y constitucionales previstos en el inciso segundo del parágrafo del artículo 8 de la Ley 278 de 1996 y su respectivo desarrollo jurisprudencial, en la forma establecida en la parte motiva de esta decisión”.
La decisión no implica que el monto deba modificarse obligatoriamente, pero sí exige una fundamentación técnica rigurosa y detallada.
Medidas cautelares y alcance de la decisión
El Consejo de Estado explica la suspensión del salario mínimo 2026 señalando que las medidas cautelares buscan “proteger y garantizar, de forma temporal, el objeto del proceso y la efectividad de una eventual sentencia favorable a las pretensiones de la demanda”.
El tribunal aclaró que esta determinación no constituye un prejuzgamiento sobre el fondo del asunto, es decir, no define aún si el decreto quedará en firme o será anulado definitivamente.
Antecedente similar en 2017
El único precedente comparable ocurrió en 2017, cuando el Consejo de Estado anuló un decreto de salario mínimo por considerar que la tarifa era demasiado baja. En esa ocasión, ordenó reajustarlo al alza.
Sin embargo, el caso actual se diferencia porque cuestiona la fundamentación técnica de un incremento históricamente alto.
¿Qué debe incluir el nuevo decreto?
El nuevo decreto de salario mínimo 2026 deberá incorporar una justificación económica integral, incluyendo:
- La meta de inflación definida por la Junta Directiva del Banco de la República para 2026.
- La productividad acordada por el Comité Tripartito de Productividad.
- El crecimiento del PIB.
- La inflación real según el Índice de Precios al Consumidor.
Además, el Gobierno deberá considerar principios constitucionales como:
- La especial protección del trabajo.
- La remuneración mínima, vital y móvil.
- La función social de la empresa.
- La dirección estatal de la economía.
El tribunal exige que se exponga de manera detallada:
- El tipo de valoración aplicada a cada criterio (cuantitativa o cualitativa).
- La forma en que se cuantifican los factores constitucionales.
- La ponderación de cada parámetro.
- La operación aritmética utilizada para llegar a la cifra final.
- El contexto económico y el análisis de impacto.
- Que toda cifra esté respaldada por fuentes oficiales o certificaciones de autoridades competentes.
¿Se mantendrá el salario mínimo en 2 millones de pesos?
La decisión judicial no ordena modificar de inmediato el monto, que podría mantenerse en 2 millones de pesos con subsidio de transporte, siempre y cuando el Ejecutivo sustente de manera técnica y detallada la cifra adoptada.
La suspensión comenzará a regir únicamente cuando el Gobierno expida el nuevo decreto provisional, lo que abre un escenario de análisis económico y jurídico en los próximos días.
El salario mínimo 2026 en Colombia entra así en una fase de revisión judicial inédita, que podría redefinir los estándares técnicos exigidos para su fijación futura.




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