Duber de J Tabares Manzano | Cartago | 06 DIC 2013 – 6:37 am
La Administración municipal de Cartago, anunció a la opinión pública que mediante el Decreto 107 del 02 de Diciembre de 2013, fue modificado en forma temporal el Decreto Municipal No 000006 del 04 de Marzo de 2010, relacionado con el horario para el funcionamiento de los Establecimientos Comerciales donde se expenda y consuman bebidas embriagantes y se dictan otras disposiciones para la época decembrina del año 2013.
La medida se hará efectiva los fines de semana a partir del viernes 6 de diciembre del presente año y se extenderá hasta las cuatro de la madrugada del jueves 2 de enero del 2014.
En el Decreto se estipula que habrá días en los que el horario de funcionamiento extenderá hasta las cinco, seis o siete de la mañana
El Secretario de Gobierno Álvaro Felipe Rengifo Gil, explicó que la extensión de horario del día siguiente, sólo se concederá, previa solicitud de permiso del establecimiento comercial con venta y consumo de licor ante la Secretaria de Gobierno, Convivencia Ciudadana y Desarrollo Social, y sólo se autorizará después de hacer un estudio de los criterios policivos de seguridad y de conservación de la tranquilidad ciudadana.
“Los establecimientos que no soliciten dicha extensión de horario se acogerán al horario establecido por el Decreto Municipal No 000006 del 4 de marzo de 2010”, indicó el titular de dicha cartera municipal, al tiempo que consideró necesario recordar que se prohíbe la presencia de menores de edad en los mencionados sitios, tal como se establece en el Decreto 00035 del 12 de Abril de 2012 «por medio del cual se dictan medidas para la protección de los menores en el Municipio de Cartago Valle del Cauca».
Decreto sobre la modificación del horario de los establecimientos que expendan licor
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