CiudadRegion.com | Cartago | 19 FEB 2016 – 7:51 am
Atendiendo algunas inquietudes de la Mesa de la Construcción y la Infraestructura, y diferentes entidades gremiales, y en sintonía con los ciudadanos, el alcalde Carlos Mario Álvarez Morales pidió al Concejo autorizarlo para ampliar los plazos de los descuentos por pronto pago de la factura de valorización. En el proyecto de acuerdo radicado en la corporación el mandatario municipal solicitó además la facultad para expedir los certificados de paz y salvo para quienes vayan pagando las cuotas de la contribución.
La iniciativa, que modifica el Acuerdo 020 de 2014 por medio del cual se autorizó el cobro de valorización, plantea la ampliación de los plazos para el pago así:
- 15 % de descuento para quienes cancelen el valor total de la obligación principal antes del 29 de abril de este año.
- 10 % de descuento para quienes cancelen el valor total liquidado para cada vigencia. En este primer año, aplica para quienes paguen hasta el 29 de abril. Mientras que del segundo al quinto año, beneficia a quienes cancelen, a más tardar, el último día hábil del mes de marzo.
Asimismo, en cualquier momento el contribuyente, que se encuentre al día con los pagos y desee cancelar el valor total del saldo adeudado, podrá acercarse a las instalaciones de la tesorería municipal donde le será liquidado dicho monto, incluido el descuento del factor de financiación, toda vez que se entenderá como un pago anticipado.
No obstante, si el pago total o el anual es hecho por fuera del plazo establecido para los descuentos, el pago no contará con el beneficio adicional del 15% o del 10%, según sea el caso, sino únicamente con el descuento del factor de financiación a partir de la fecha de pago.
El otro punto del acuerdo es que quien se encuentre al día con las cuotas causadas al momento de solicitud o del pago total de la contribución, podrá solicitar ante el Departamento Administrativo de Hacienda el correspondiente certificado de paz y salvo, que los notarios requieren para prestar sus servicios en el otorgamiento de escritura pública relacionado con el inmueble gravado.
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