Olga Beatriz Collazos R | Cali | 05 DIC 2013 – 6:04 am
Los servidores públicos de las diferentes dependencias del nivel central y descentralizado de la Gobernación del Valle del Cauca recibieron capacitación sobre la tipificación de los delitos contra la mujer. La Secretaria de Mujer, Equidad de Género y Diversidad Sexual, Doris Nohemí Pizarro Melgarejo indicó que, cualquier acción u omisión, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación de la libertad, bien sea que se presente en el ámbito público o en el privado, es violencia contra la mujer.
La funcionaria expresó que estas capacitaciones se han venido complementando con diversas actividades con el fin de armonizar las políticas del Gobierno Nacional con las contenidas en el Plan de Desarrollo 2012 – 2015 “Vallecaucanos Hagámoslo Bien” y en cumplimiento del Plan de Acción de la Secretaría de Mujer, Equidad de Género y Diversidad Sexual del Departamento.
Los funcionarios públicos participaron del taller en el marco de la Ley 2157 de 2008
Los funcionarios públicos participaron del taller en el marco de la Ley 2157 de 2008 y sus decretos reglamentarios. En ella se establece que, las mujeres víctimas de cualquier tipo de violencia debidamente reconocida por la autoridad competente, tiene derecho a: orientación y asesoría jurídica gratuita y especializada; Atención integral; Información clara, completa, veraz y oportuna sobre sus derechos y mecanismos de protección, y sobre salud sexual y reproductiva; Consentimiento informado para los exámenes médico-legales en los casos de violencia sexual y escoger el sexo del médico para la práctica de los mismos, en caso de ser posible; Reserva de identidad al recibir asistencia médica, legal, o social respecto de sus datos personales, los de sus hijos/as o los de cualquier otra persona que esté bajo su guarda o custodia; Asistencia médica, psicológica, psiquiátrica y forense especializada e integral para ellas y sus hijos/as y acceso a los mecanismos de protección y atención para ellas y sus hijos/as.
De igual manera, tienen derecho a la verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición, asistencia para la estabilización de su situación, decidir voluntariamente si puede ser confrontada con el agresor en cualquiera de los espacios de atención y en los procedimientos administrativos o judiciales, entre otros.
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