Secretaria de Salud aclara situación sobre sanción impuesta al Cuerpo de Bomberos

Duber de J Tabares Manzano | Cartago | 17 ABR 2018 – 4:11 am

Gloria Syrley Salazar García, Secretaria de Salud en el Municipio de Cartago dio a conocer un comunicado en el que su dependencia explica las razones por las que dicha dependencia le impuso una sanción al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de la ciudad.

La funcionaria dio a conocer que durante diez días la institución de socorro no podrá atender llamados de emergencia como consecuencia de accidentes de tránsito, ya que de manera reincidente incurrió en una de las causales de sanción impuestas en el Decreto por medio del cual se creó el Centro Regulador de Ambulancias y Emergencias CRAE, en el municipio de Cartago, es decir, que no atendió los direccionamientos del citado Centro Regulador de Emergencias.

El texto del comunicado es el siguiente:


“Frente a los anuncios emitidos por el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Cartago, sobre la sanción de 10 días sin atención en ACCIDENTES DE TRANSITO impuesta por la Secretaría de Salud Municipal, me permito precisar que:

El Alcalde Municipal, Dr. CARLOS ANDRES LONDOÑO ZABALA a través del Decreto No. 013 del 19 de enero de 2018 creó el Centro Regulador de Ambulancias y Emergencias en el municipio de Cartago –Valle-, el cual tiene la función de ordenar la prestación del servicio de transporte de emergencias en ambulancias por las empresas habilitadas por la Secretaría de Salud Departamental del Valle.

La Secretaría de Salud Municipal, como garante del debido cumplimiento a las normas vigentes, ejerce la inspección, vigilancia y control del Decreto mencionado, sustento por el cual, ha realizado las respectivas reuniones, mesas de trabajo de coordinación y concertación de actividades con las entidades prestadoras de servicios de ambulancias, incluido el Cuerpo de Bomberos Voluntarios, creando de manera articulada el protocolo regulador del CRAE.

Las disposiciones impartidas en el protocolo, indica que el CRAE realizará el despacho de la ambulancia en todo el territorio de su jurisdicción territorial, entiéndase zona urbana y rural del municipio de Cartago, por lo cual, la asignación y despacho se realizará de conformidad al menor tiempo de llegada que arroje la plataforma desde la ubicación de la ambulancia hasta el lugar del incidente.

El Cuerpo de Bomberos Voluntarios incurrió en una de las causales de sanción impuestas en el Decreto, en el sentido de atender los accidentes de tránsito, sin ser direccionados directamente por el operador del CRAE –línea 125-, siendo reincidentes en su conducta, luego de haber sido sancionados por tres (3) días hábiles anteriormente.

Por esta razón, y luego de analizar los informes presentados por el operador del Centro Regulador de Ambulancias y Emergencias, se decidió, a través de Resolución debidamente motivada, sancionar por el término de 10 días al Cuerpo de Bomberos Voluntarios como entidad prestadora de servicio especial de ambulancias y habilitada en este municipio, prohibiendo con ello que durante ese lapso de tiempo, no podrá atender accidentes de tránsito e incidentes. Si se permite los traslados de pacientes dando cumplimiento a los contratos que ellos tengan con los prestadores de servicios de salud.

Se hace la salvedad, de que la restricción aplica como prestador de servicio de ambulancias habilitado en este municipio por la Secretaría Departamental de Salud del Valle y no como Cuerpo de Bomberos en la atención de desastres, emergencias y urgencias que se presenten en el municipio y que son de resorte propias de sus actividades.

Existen entidades prestadoras de salud a las cuales se les ha impuesto a través de resoluciones debidamente motivadas, las respectivas sanciones por incumplimiento al Decreto, sin embargo, no han sido reincidentes y se encuentran articulados, además, el Cuerpo de Bomberos al salir de manera deliberada a los accidentes de tránsito, han ocasionado incidentes con las demás tripulaciones que acuden al llamado direccionado por el CRAE, creando conflictos innecesarios, aumentando el riesgo de accidentes y ocasionando congestiones de vehículos en las vías, hechos que se viven en otros municipios aledaños.      

Finalmente, el municipio cuenta con diez (10) prestadores especial de ambulancias, los cuales se encuentran trabajando 24 horas los 7 días de la semana, con el fin de atender los llamados del Centro Regulador de Ambulancia que realiza la comunidad a la línea 125, número oficial para informar los hechos de accidentes de tránsito y auxilio a persona enferma; recordando que el numero habilitado para incendios, sustancias peligrosas y rescate, propias del Cuerpo Voluntario de Bomberos, es el 119”.   

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