CiudadRegion.com | Cartago | 08 MAY 2015 – 6:00 am
En carta enviada al Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar del Valle del Cauca-Comfenalco Valle, el Gobernador Ubeimar Delgado Blandón reiteró su solicitud formal a la entidad para que expida el correspondiente Paz y Salvo a favor de la Gobernación del Valle del Cauca, teniendo en cuenta que la dilación en su expedición evidentemente vulnera el Derecho Fundamental a la libre asociación de esta Gobernación:
Comfenalco Valle no se hizo parte con dicho crédito dentro de la restructuración del departamento
La carta, firmada por el Gobernador del Valle indica, “Reitero la solicitud elevada el 26 de marzo de 2013, cuyo propósito es la expedición del Paz y Salvo de la Entidad que represento dentro del término establecido en el numeral 10 del artículo 21 de la Ley 789 de 2002.
Pese a que esta situación ya es de su conocimiento, me permito manifestar una vez más, el interés prioritario que le asiste a la Gobernación del Valle del Cauca de llevar a cabo la desafiliación de que trata el artículo 48 del Decreto 341 de 1988 para que en uso de la facultad legal en cabeza de esta Entidad le sea posible escoger libremente la Caja de Compensación Familiar para sus trabajadores.
Dejo de presente que la renuencia a atender de manera favorable la presente petición con fundamento en una antigua mora en el pago de los aportes que inexplicablemente solo es cobrada al solicitar el mencionado paz y salvo, así como la inobservancia a los distintos pronunciamientos de la Superintendencia del Subsidio Familiar sobre el particular contenidos en las Circulares Externas 007 de 2014 y 008 de 2012 entre otras, evidentemente vulnera el Derecho Fundamental a la libre asociación de esta Gobernación. Máxime que en el año 2012 inició un proceso de reestructuración dentro del cual Comfenalco Valle no se hizo parte con dicho crédito.
Agradezco a la Caja de Compensación Familiar de Valle del Cauca- Comfenalco Valle, despachar sin más dilaciones y en forma positiva la solicitud relativa a la expedición del paz y salvo dentro del término establecido por la Ley”.
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