La Administración municipal de Cartago reiteró las nomas transitorias para la conservación del orden público de esta localidad durante las últimas horas del 2013 y las primeras del 2014, las cuales están contempladas en el Decreto N° 115 del 16 de diciembre del año en curso, firmado por el Alcalde Álvaro Carrillo y el Secretario de Gobierno Álvaro Felipe Rengifo Gil.
Este día está prohibida la realización de desfiles
El documento, decreta en su artículo primero que en la zona urbana y rural de Cartago, se prohíbe la circulación o tránsito de motocicletas de cualquier tipo de cilindraje, el día martes 31 de diciembre de 2013, en el horario comprendido entre las nueve de la noche y las cinco de la mañana del miércoles primero de enero del 2014, sin perjuicio de las disposiciones contenidas en el Decreto 00091 del 22 de octubre del 2013.
En su artículo segundo, el Decreto prohíbe en la jurisdicción de este municipio, la realización de cualquier tipo de DESFILE, utilizando como medio de transporte cualquier tipo de vehículo, llámese bicicleta, motocicleta, automóvil particular o público, camión, bus, etc., durante el 31 de diciembre de 2013.
“Los conductores de vehículos que infrinjan ésta prohibición serán sancionados de acuerdo con lo preceptuado en la ley 1548 de 2012”, indica el artículo tercero. Agrega que para garantizar el cumplimiento del objeto del Decreto, se inmovilizará y trasladará la motocicleta al sitio que disponga el Instituto de Tránsito.
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