La Dian embargó el Aeropuerto «Santa Ana» al «colgarse» en el pago de una cuenta por concepto de impuestos al patrimonio, confirmó el gerente del Terminal Aéreo, Yamil Varela Chuffi.
Varela Chuffi reveló que el embargo proviene de la seccional de la Dian en Tuluá, y obedece a la no cancelación oportuna del impuesto al patrimonio del Año 2005. La decisión de la Dirección de Aduanas e Impuestos Nacionales fue notificada mediante Resolución 12124244822590001 del pasado 5 de julio del presente Año 2.017.
Varela Chuffi dijo que el embargo es por una cuantía de $429 millones 671 mil, y advierte que la Dian, con el fin de determinar dicho valor, elabora el cálculo límite de embargabilidad de esa misma fecha.
Declarar
El gerente del Aeropuerto señaló que el embargo se da toda vez que con la expedición de la Ley 863 de 2003, la empresa, de acuerdo a sus ingresos y a un cálculo, deben declarar impuesto de patrimonio de los años 2004, 2005 y 2006.
La obligación contemplada para el Año 2004 se presentó en el 2005 sin ser cancelada; la del 2005 en el 2006 y la de 2006 en 2007.
En 2007 el alcalde de turno canceló los intereses de la deuda puesto que se encontraba en curso un proceso de negociación del aeropuerto.
Según Varela Chuffi se demandó el mandamiento de pago 20050302000118 del 22 de junio de 2005 por valor de $117 millones 200 mil, correspondiente al impuesto de patrimonio de 2.004.
Sentencias
En consecuencia de lo anterior se expidieron las sentencias 120 del Juzgado Primero Administrativo de Descongestión del Circuito de Guadalajara de Buga, y la Sentencia 172 del Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca que confirmó la decisión.
Sustentan la decisión en el hecho de que el Aeropuerto Internacional Santa Ana S.A. es sujeto al pago de impuesto de patrimonio en el período gravable del Año 2.004. De esta forma, el Aeródromo canceló para entonces el compromiso con los respectivos intereses de mora el 29 de enero de 2007.
En esa ocasión, las autoridades decidieron que el aeródromo se acogiera a la Ley 1066 de 2.006 sobre «normalización de Cartera, situación que pudo subsanarse en administraciones anteriores, y evitar de esta forma una deuda tan alta como puede evidenciarse.
Tribunal
Es de anotar que el Artículo 305 del Estatuto Tributario permite pagar como máximo el 20 por ciento de los intereses cuando el asunto se encuentra en los estrados judiciales.
No obstante, aclara Varela Chuffi, esta situación no se dio, en el sentido de que la Sentencia 172 del Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca fue fallada en 2004, permitiendo con ello que se agotara cualesquiera posibilidad.
Advierte el funcionario que el Aeropuerto ha elevado oficios a la seccional de la Dian en Tuluá desde el momento mismo del embargo, a través de los cuales se solicita copia del expediente mandamiento de pago del impuesto al patrimonio del Año 2.005-.
Asamblea
Así mismo, se interpuso una Acción de Tutela el pasado 5 de septiembre contra la Dian en Tuluá por posible violación del debido proceso, el derecho al mínimo vital conferido por la Constitución Política de Colombia. La tutela fue fallada en contra, pero tal decisión se impugnó y se está a la espera de un fallo del Tribunal Superior de Buga.
Para tratar sobre el tema y buscar una pronta solución, se convocó a una Asamblea Extraordinaria de Accionistas, dijo Varela Chuffi, tras afirmar que el terminal aéreo no dispone de los recursos necesarios para cancelar total o parcialmente la deuda y salir del embargo. No se descarta proponer un acuerdo de pago.
Antes de la Asamblea, se solicitó concepto del Área Jurídica del Municipio sobre la viabilidad de cambiar la destinación de la capitalización aprobada en sesión extraordinaria de diciembre de 2010 por valor de $145 millones.
Deuda del Municipio
La anterior suma es adeuda por el Municipio de Cartago al Aeropuerto Santa Ana, y se obtiene concepto favorable. Por tal motivo, en la Asamblea de entonces se aprobó cambiar la destinación y que ese recurso económico fuera en abono a la deuda de la Dian.
Se aprobó, así mismo, realizar una capitalización por valor de $290 millones, recurso suficiente puesto que se buscó la posibilidad de obtener descuento del 40 por ciento en los intereses hasta el 31 de octubre del presente Año 2017.
Varela Chuffi dice que lo anterior se desprende de lo normado en el Artículo 356 del E.T., pero según la Dian, ello solo aplica en procesos coactivos para departamentos y municipios.
Nueva Convocatoria
Por lo anterior, se convocó nuevamente a los socios el 26 de octubre último a quienes se les dijo que lo planteado el cinco de octubre no aplicaba para la Dian. Además se les informó que día a día la deuda aumenta.
Además, la Dian está autorizada para cobrar la tasa de usura aprobada por el gobierno nacional.
En la pasada Asamblea del 26 de octubre se decidió continuar con los $290 millones de capitalización y buscar un acuerdo de pago, así como iniciar una demanda contra la Dian, habida cuenta que un concepto en tal sentido fue entregado al aeropuerto por un abogado tributarista quien manifestó que hacerlo es procedente.
Levantamiento
Con ello se busca levantar la medida cautelar dijo Varela, tras revelar que en la última asamblea se informó a los accionistas de una deuda que tiene el aeropuerto con las Empresas Municipales de Cartago por $336 millones 878 mil 723 con corte a octubre.
La deuda, manifestó Varela Chuffi, obedece a que anteriores administraciones no cancelaron los servicios públicos. «Al inicio de esta gerencia se llegó a un acuerdo de pago por valor de $4.500 millones. Se buscó pagar el consumo del mes y abonar a la deuda.
La Asamblea propuso realizar un cruce de cuentas, ya que Emcartago adeuda dineros por distintos conceptos al municipio. Se está a la espera de una respuesta de las Empresas Municipales.
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