El gobierno de Cartago, decretó varias medidas de cara a la celebración de Halloween este fin de semana con puente festivo.
La administración municipal orientada por el alcalde Víctor Álvarez, mediante el Decreto N° 391 del 27 de octubre de 2020, adopta medidas de orden público con el fin de preservar la vida y la seguridad en el municipio de Cartago, medida regirá durante el puente festivo que se avecina.
Una de las medidas contempladas en el Decreto, es el Toque de Queda en todo el Municipio, el cual se aplicará así:
Según el acto administrativo, las niñas, niños y adolescentes que se encuentren sin la compañía de sus padres o la (s) personas (s) en quien (es) recaiga su custodia, en la zona y durante el tiempo establecido en este decreto, serán conducidos por la autoridad competente, para verificación de sus derechos.
En el caso de los adolescentes podría haber un proceso sancionatorio conforme a lo dispuesto en el artículo 190 del código de infancia y adolescencia, modificado por el Artículo 91 de la ley 1453 de 2011.
El gobierno de Cartago también prohíbe en el área urbana y zona rural del Municipio de Cartago, la circulación o tránsito de motocicletas de cualquier tipo de cilindraje con ocupante mayor de catorce (14) años.
Esta restricción será a partir de las cero horas (00:00 am) del día viernes 30 de octubre de 2020, hasta las cero horas (00:00 am) del 2 de noviembre de 2020.
En el Decreto N° 391, también se prohíbe el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del 30 de octubre de 2020 hasta las cero horas (00:00 a.m.) del 2 de noviembre de 2020.
Sin embargo, el Gobierno municipal aclaró que No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes e insta a los establecimientos y locales comerciales, para que la venta de estos productos se realice a través de comercio electrónico o por entrega a domicilio para su consumo fuera de los establecimientos, atendiendo las medidas sanitarias a que hubiere lugar.
También quedan prohibidas las fiestas, desfiles y caravanas en las fechas que establece el decreto.
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Quedan exceptuadas de esta restricción las siguientes actividades:
Decreto 391 del 27 de octubre 2020
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