El juzgado cuarto de ejecución de penas de Pereira declaró que el río Otún, el principal afluente hídrico de Risaralda, es un sujeto de derechos, lo que implica que las autoridades deben avanzar en su protección, conservación, mantenimiento y restauración.
El Ministerio Público fue vinculado a la acción judicial presentada por los ciudadanos Jhon Edison Parra Sánchez y Jesús Alberto Cardona López contra del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el departamento de Risaralda, los municipios de Pereira y Dosquebradas, la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder), y la empresa de Aguas de Pereira, para que fueran amparados los derechos colectivos a un medio ambiente sano, al equilibrio ecológico y el acceso al agua potable.
“Las afirmaciones hechas por los actores en su solicitud de amparo y en posterior declaración, llevarían a este juez Constitucional a declarar en principio la improcedencia de la acción, situación a la que se opone la respuesta otorgada por la Procuraduría General de la Nación (…) que dio cuenta de la grave situación que se vive en el departamento de Risaralda frente al estado lamentable de contaminación padecida por el río Otún”.
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En sus argumentos, la Procuraduría advirtió que el río Otún abastece el 80% del departamento de Risaralda, que en su cuenca alta presenta deterioro y en la cuenca media hay proliferación de desarrollo urbanístico residencial, industrial, comercial y agropecuario, que contrarían el Acuerdo Carder 036 de 1987, que prohibió nuevas construcciones, el otorgamiento de concesiones y permisos de vertimientos y le impuso a esa corporación la implementación de acciones interinstitucionales dirigidas a su cumplimiento.
De igual manera, advirtió que la Carder no ha ejercido las competencias que le han sido atribuidas por la ley y su propia reglamentación, permitiendo la amenaza y vulneración de los derechos colectivos y del ambiente, tal como se pudo probar en las mediciones hechas a la calidad del agua del río entre febrero de 2016 y julio de 2018 donde se evidenciaron diversos incumplimientos.
Estas razones también llevaron al órgano de control a presentar una acción popular ante el Tribunal Administrativo de Risaralda que aún se encuentra en trámite.
En el fallo de la acción de tutela, el juzgado amparó los derechos al medio ambiente sano en conexidad con la vida, la salud, la salubridad pública de los habitantes presentes y generaciones futuras de los municipios de Pereira, Dosquebradas, Santa Rosa y Marsella, y ordenó a las entidades demandadas destinar el presupuesto necesario para ejecutar labores de limpieza de la cuenca y la construcción de un plan de acueducto y alcantarillado para los corregimientos de La Florida, La Bananera, La Bella, y demás zonas que se encuentren aguas arriba de la bocatoma y no cuenten con este servicio
Finalmente, exigió a las autoridades realizar jornadas educativas en los barrios y corregimientos colindantes con la ribera del río Otún, con el fin de generar conciencia en el manejo de los residuos y respeto del medio ambiente por parte de la comunidad.
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