En primera instancia, Tribunal Administrativo de Risaralda falló a favor de la legalidad del cobro de peaje Cerritos II.
De acuerdo al fallo el cobro del peaje ubicado en la vía que comunica a Cartago y Pereira es legal y garantiza la operatividad beneficiando a los habitantes de los departamentos de Risaralda y Valle del Cauca.
A través de una acción popular, que argumentó que el cobro era ilegal, buscaba impedir y suspender de forma inmediata el cobro de la tarifa del peaje Cerritos II, administrado por Invías.
Sin embargo, desde INVIAS, manifestaron que gracias a este fallo, el Instituto puede financiar las obras de infraestructura vial, el mantenimiento y la atención de emergencias, entre otras actividades, para garantizar la óptima operación de la red vial nacional.
Es importante mencionar que el Tribunal decidió negar las pretensiones al considerar que el funcionamiento y/o creación de un peaje no depende de la suscripción de un contrato de concesión de infraestructura vial.
«En la actualidad se están realizando todas las actividades legales pertinentes para la ejecución del programa ‘Vías del Samán’, cuyo propósito es la construcción, mejoramiento y mantenimiento de 347 kilómetros de vía, no existiendo prueba de una destinación indebida de los dineros recaudados o de un mayor valor obtenido y no invertido en la infraestructura de la vía», señala el fallo.
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De esta manera, el Instituto Nacional de Vías (Invías) estaría dentro del marco de la legalidad en beneficio de las comunidades y las necesidades del país.
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