Los empresarios de este sector deben registrar sus protocolos de bioseguridad para que el gobierno de Pereira apruebe su funcionamiento.
La Secretaría de Salud Pública y Seguridad Social de Pereira inició la revisión de los protocolos de bioseguridad para la apertura de las piscinas tanto de uso público como privado.
Para esto, el gobierno de Pereira recomienda a las empresas, propietarios y encargados de piscinas registrar sus protocolos en la página https://protocolocovid.pereira.gov.co/ para la aprobación de uso.
Ana Yolima Sanchéz Gutiérrez, secretaria de Salud Pública y Seguridad Social afirmó que «a través del programa de Agua y Saneamiento Básico y con el fin de dar cumplimiento a la resolución 1547 del 2020, por medio de la cual se adoptan los protocolos de bioseguridad para el uso de piscinas; se iniciaron las verificaciones de los parámetros sanitarios de los vasos de piscinas tanto de uso público como balnearios, parques acuáticos, piscinas de la Villa Olímpica, como también de uso privado o restringido como las piscinas de conjuntos residenciales y unidades multifamiliares».
Por lo tanto es necesario que para la apertura de este servicio los administradores se encarguen de cumplir con la normatividad sanitaria para la prestación de este servicio.
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Protocolos requeridos para la reapertura de Piscinas
Según la normatividad, las siguientes son las acciones requeridas para contar con la autorización de apertura de piscinas:
- Es necesario hacer limpieza y desinfección constante de las áreas comunes y zonas con gran flujo o tránsito de personas.
- Se debe garantizar una cloración adecuada del agua de las piscinas.
- Se debe garantizar el distanciamiento social en las piscinas, por cada 9 metros cuadrados puede hacer uso una (1) persona.
- No se deben consumir alimentos o bebidas al interior de las piscinas.
- Se debe garantizar un seguimiento a síntomas de COVID-19 de las personas que van a hacer uso de las piscinas, con sus respectivos registros.
- Las personas que hagan uso de la piscina deben portar su kit de bioseguridad con tapabocas, alcohol líquido o glicerinado, toalla y demás elementos de protección personal que consideren necesarios para el autocuidado.
- Queda prohibido escupir en las áreas comunes circundantes a la piscina.
- Los horarios de uso de las piscinas están sujetos a la normatividad interna de cada unidad residencial o balneario, según sea el caso, garantizando los tiempos de limpieza y desinfección del agua de los vasos de piscina.
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