Respondiendo a los requerimientos de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, a partir de hoy y hasta el 8 de junio, se realizará el Registro Administrativo de Migrantes Venezolanos, en un esfuerzo compartido por la Gobernación de Risaralda a través de la Coordinación Departamental de Gestión del Riesgo, la Personería Municipal de Pereira, La Defensoría del Pueblo, la Oficina para las Migraciones de la Secretaría de Desarrollo Social de Pereira y la Dirección de Gestión del Riesgo de Pereira.
“Se tendrán habilitados dos puntos, uno en el centro, en la calle 25 Nº7-48 en la sede de la Personería en la Unidad Administrativa El Lago, tercer piso. El otro en Cuba, en otra dependencia de la Personería en la carrera 24 Nº70B-10, barrio San Fernando”, indicó Diana Carolina Ramírez Laverde, coordinadora departamental de Gestión del Riesgo de Desastres.
Y agregó que “es muy importante que los ciudadanos venezolanos que se encuentren en el país tengan en cuenta que el registro en ningún momento va a poner en riesgo su permanencia dentro de Colombia”, destacando que se deben registrar los ciudadanos venezolanos que “se encuentren viviendo en Colombia, que tengan vocación de permanencia en el país y que en el momento no cuenten con ningún registro de permanencia, es decir, que no tengan cédula de extranjería, visa de permanencia, permiso de ingreso y de permanencia o permiso especial de ingreso y de permanencia”.
La Coordinadora Departamental de Gestión del Riesgo de Desastres también precisó que “hay que tener en cuenta que estas personas se deben presentar con todo el núcleo familiar; no se acepta únicamente el jefe cabeza de hogar, y deben tener la documentación a la mano”.
Los ciudadanos venezolanos pueden hacer su registro gratis presentándose con su núcleo familiar completo y con un documento que certifique su nacionalidad en los puntos de registro, que estarán activos durante los próximos dos meses de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 12:00 m. y de 2:00 a 6:00 p. m.
La información obtenida se utilizará como soporte para la formulación y diseño de la política integral de atención humanitaria, con el fin de que la oferta de servicios se haga de la manera más acertada, según el Decreto 542 del 21 de marzo de 2018, pero no compromete ningún beneficio o auxilio por parte de las entidades participantes.
Dato de interés
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