La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos al señor Jairo López Marín, en su condición de gerente de la ESE Hospital Departamental Universitario del Quindío San Juan de Dios, para que responda por supuestas extralimitaciones de las funciones en el ejercicio de su cargo.
Se indica que el gerente de este hospital, al parecer, suscribió 15 contratos de prestación de servicios con fecha del 1 de enero de 2013, cuando esta data no corresponde a la realidad, ya que se legalizaron hechos cumplidos que fueron suscritos en una fecha posterior.
De igual forma se le reprocha porque, posiblemente, dirigió el proceso de contratación directa con el que se suscribió el contrato de compraventa de un vehículo para la gerencia, sin que estuviera contemplado en el plan de necesidades de la entidad del 2012. Para realizar dicho contrato, aparentemente presentó unas especificaciones requeridas que impedían que más oferentes hicieran propuestas u ofertas, sin cumplir el requisito de hacer conocer a dos o más oferentes el objeto y las demás variables de la contratación.
Con dicho actuar, probablemente se vulneraron los principios de igualdad, moralidad, eficacia, debido proceso y responsabilidad.
las faltas se calificaron provisionalmente como gravísimas, cometidas a título de dolo
Por último, también se le formuló pliego de cargos al señor López Marín por presuntamente adelantar la contratación directa y suscribir el contrato de suministro de personal asistencial en apoyo a la gestión, para desarrollar actividades propias del objeto social del hospital.
De acuerdo a lo contemplado en el artículo 48 de la ley 734 de 2002, las faltas se calificaron provisionalmente como gravísimas, cometidas a título de dolo.
Fuente: Procuraduría General de la Nación
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