Armenia

Formulan pliego de cargos a exalcaldesa de Armenia y varios exfuncionarios

La Procuraduría también formuló pliego de cargos contra el exgerente de Amable, exsecretarios e interventores por presunta corrupción en obras de valorización.

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos a la exalcaldesa de Armenia, Luz Piedad Valencia Franco (2012 – 2015), a tres exfuncionarios de su administración y al entonces gerente de la Empresa Amable de Armenia, Mauricio Pedroza Canizales, por posibles actos de corrupción en la contratación de proyectos para la construcción, adecuación, mantenimiento y/o reparación de la infraestructura vial de la ciudad.

Caso de la exalcaldesa Luz Piedad Valencia

En el caso de la exalcaldesa la Procuraduría reprochó presuntas irregularidades en la tramitación, adjudicación y celebración de los contratos que se financiaron con los recursos provenientes de valorización y del empréstito autorizado por el Concejo Municipal.

Para el ente de control la mandataria con su actuar podría haber incurrido en los delitos de concierto para delinquir, interés indebido en la celebración de contratos, celebración de contratos sin requisitos legales y peculado en provecho propio y de terceros.

De las 12 obras aprobadas por el concejo como parte del Plan de Desarrollo 2012-2015 ‘Armenia, un paraíso para invertir, vivir y disfrutar’, por un valor de $126.107.810.133, Fernando León Diez Cardona, representante de las U.T. Vías de Armenia y Puentes de Armenia, ganó 10 de los contratos.

El primer grupo de obras se plasmó en el Contrato 012 de 2015 y el segundo grupo en el Contrato 031 de 2015.

Solo tres de las 10 obras contratadas presentan un 100% de ejecución, los otros siete proyectos se encuentran inconclusos o sin ejecutar.

Según la investigación de la Procuraduría, al parecer la exmandataria materializó acuerdos presumiblemente ilegales entre su esposo Francisco Javier Valencia Salazar, quien poseía información detallada de los proyectos de la alcaldía, con el contratista Diez Cardona y las empresas por él sugeridas: Opción Diseño y Construcciones, JL Construcciones, las uniones temporales Vías de Armenia y Puentes de Armenia, y los Consorcios Interpuentes Quindío y Vial de Armenia.

Así mismo, la exalcaldesa presuntamente se habría apropiado de $2.009’726.331 derivados de los presuntos malos manejos del anticipo de los contratos 031 y 012 del 2015, y habría permitido que terceros se apropiaran de una suma aproximada a los $15.095’538.438, además del aparente trámite y celebración de negocios jurídicos sin los requisitos legales necesarios.

El órgano de control reprochó a la exmandataria local, al exsecretario de Infraestructura, Julio César Escobar Posada, y a los entonces director y subdirector del Departamento Administrativo Jurídico, Ricardo Arturo Ramírez Londoño y Juan Sebastián Londoño Forero, respectivamente, su presunta participación en un concierto para delinquir, el interés indebido en la celebración de contratos, y la forma de contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales.

La Procuraduría calificó provisionalmente las presuntas faltas de los investigados como gravísima a título de dolo.

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Cargos a exgerente de Amable

El órgano de control también formuló pliego de cargos al entonces gerente de la Empresa Amable de Armenia, Mauricio Pedroza Canizales, por incurrir presuntamente en el delito de concierto para delinquir, interés indebido en la celebración de contratos y revelación de secreto dentro del trámite de las licitaciones públicas LPN 001 y 003 de 2015, financiadas con crédito del BID (Banco Interamericano de Desarrollo), y el Concurso Público de Méritos 005 de 2015, con recursos nacionales.

El órgano de control reprochó al investigado un posible desconocimiento de los principios de moralidad e imparcialidad, cuando al parecer entregó información reservada al contratista Fernando León Diez Cardona, a través de sus subalternos, con lo que habría permitido que llegara con ventaja sobre los demás proponentes.

El exgerente supuestamente transgredió las políticas del BID sobre brindar igualdad de oportunidades a los interesados en competir en el suministro de bienes y la ejecución de las obras financiadas por el banco, y exigir altos niveles éticos para evitar fraude y la corrupción.

Al parecer, el investigado siguiendo instrucciones del esposo de la alcaldesa presentó a su subalterno en la empresa Amable, Andrés Avendaño Giraldo, a la señora Dalila Delgado Cano, dependiente de León Diez, entonces interesado en las licitaciones, para que le explicara la contratación del BID, y presumiblemente entregó toda la documentación de los procesos para otorgarle un beneficio o ventaja al constructor frente a los demás interesados.

Testigos hablaron de los supuestos pactos ilegales entre el contratista Diez Cardona y el esposo de la alcaldesa, quienes posiblemente se habrían puesto de acuerdo para que se adjudicaran al constructor las obras financiados con recursos de la contribución de valorización, y los que iban a tramitar en Amable E.I.C.E. para la construcción del paradero PEP Los Naranjos y la Calle 50, con su interventoría.

Al investigado se le reprocha la presunta concertación para brindar información privilegiada que gozaba de reserva hasta que fuera publicado oficialmente el proceso en el SECOP (Sistema Electrónico de Contratación Pública) y con la que se buscaba garantizar la igualdad de condiciones para todos los interesados, y la supuesta entrega al esposo de la exalcaldesa del 10% del valor de cada uno de los negocios jurídicos.

La PGN calificó provisionalmente la falta del exgerente como gravísima, a título de dolo.

Cargos interventores

El órgano de control formuló pliego de cargos a los interventores de los contratos 012 y 031 de 2015, Andrés Leonardo Lasso Aguirre y Ángel José Angarita, por presuntas irregularidades en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos de interventoría 01 de 2016 y 015 de 2015, relacionadas con la aparente falta de control a los pagos e inversión de los anticipos que, al parecer, en parte, fueron destinados a efectuar presuntos pagos de coimas a funcionarios públicos y particulares.

A Lasso Aguirre, en su condición de representante legal de los consorcios Interventoría Armenia e Interpuentes Quindío, se le reprochó el que presuntamente hubiera permitido que la U.T. Vías de Armenia y Puentes de Armenia, representadas por el contratista Fernando León Diez Cardona, se apropiaran de $21.101’264.769 correspondientes a recursos públicos entregados como anticipos por ente territorial al contratista.

En el caso de Ángel Angarita Pareja, en su calidad de representante legal del Consorcio Interventoría de Armenia, dentro del contrato que suscribió con la administración municipal de Armenia para ejercer la interventoría técnica, administrativa, financiera, contable, ambiental y jurídica, se le cuestionó porque habría omitido su deber de informar a la entidad contratante los hechos o circunstancias que pudieran constituir actos de corrupción, con ocasión de la celebración y ejecución de los contratos financiados con los recursos de la contribución de valorización.

Investigación contratista

La Procuraduría General abrió investigación disciplinaria al representante legal de la Constructora Diez Cardona S.A.S., Fernando León Diez Cardona, quien era el representante de las U.T. Vías de Armenia y Puentes de Armenia, por haber utilizado presuntamente el dinero proveniente de anticipos girados por la Alcaldía de Armenia en los contratos 012 y 031 de 2015, para pagar presuntos sobornos pactados para garantizar la adjudicación de los negocios jurídicos.

Al parecer el contratista entregó dinero en efectivo dirigido al esposo de la exalcaldesa de Armenia a través de terceras personas.

El órgano de control recordó que los dineros entregados en calidad de anticipo tienen la condición de recursos públicos por haber sido girados para la ejecución de una obra y que la acción disciplinaria de la Procuraduría también va dirigida a particulares que administran recursos públicos.

La PGN ordenó la práctica de pruebas con el fin de verificar la ocurrencia de conductas presuntamente irregulares, determinar si constituyen faltas disciplinarias, y esclarecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que se habrían cometido.

Los investigados en estos procesos podrán ser escuchados en versión libre, si así lo solicitan.

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