ArmeniaEducaciónQuindío

Condena a la Universidad del Quindío por evaluación irregular de obra académica: caso de presunto plagio queda sin fundamento

El profesor también denunció públicamente una presunta persecución académica orquestada por el entonces director del programa de Filosofía.

En un fallo con profundas implicaciones para la autonomía universitaria y la transparencia en los procesos de evaluación docente, el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Armenia condenó a la Universidad del Quindío por una evaluación irregular de una obra literaria del profesor Gabriel Ocampo Sepúlveda, adscrito al programa de Filosofía. La sentencia, emitida en noviembre de 2024, evidenció graves fallas en los procedimientos internos de la institución y vulneraciones al debido proceso.

Una acusación de plagio sin sustento que inició en 2019

El caso se remonta al año 2019, cuando Ocampo, en el marco de un congreso de Filosofía en Bucaramanga, acordó con otro docente la escritura de un libro conjunto. El contenido abordaba un tema trabajado previamente por ambos, parte del cual ya había sido publicado en una revista académica de la Universidad La Gran Colombia (UGC), sede Armenia.

Conscientes del riesgo de incurrir en autoplagio, los autores solicitaron autorización a la UGC, que accedió con la condición de que se citara adecuadamente el material previo. Cumpliendo con ese requisito, la obra fue publicada en 2020 como parte de una producción académica destinada a la nivelación salarial del profesor. No obstante, meses después, la Universidad del Quindío acusó al docente de plagio, negando el aval de la obra.

Evaluación viciada y posible persecución académica

El Consejo de la Facultad de Ciencias Humanas y Bellas Artes de la Uniquindío sostuvo que existía autoplagio porque “no se indicaba qué parte había sido publicada anteriormente”, lo que Ocampo refutó al señalar que la cita estaba debidamente incluida.

El profesor también denunció públicamente una presunta persecución académica orquestada por el entonces director del programa de Filosofía, Camilo Andrés López, derivada de denuncias internas previas. El conflicto escaló cuando, en un nuevo intento por ascender en el escalafón docente, Ocampo presentó otra producción literaria que también fue rechazada con acusaciones similares.

Lo más grave del proceso fue que la nueva obra fue evaluada por Carlos Mario Fisgativa, colega y magíster de la misma universidad, contraviniendo lo estipulado en el estatuto docente que exige una evaluación por par académico externo con título igual o superior, es decir, un doctor en el área.

“La evaluación fue ilegal desde su origen. Además, Fisgativa era parte del Consejo Curricular del Programa de Filosofía, que no tenía competencia para ese proceso”, explicó Ocampo.

Te puede interesar: Quindío garantiza atención veterinaria gratuita para animales en condición de vulnerabilidad

Intervención del Ministerio de Educación y fallo judicial

La situación se mantuvo estancada durante más de un año, con constantes dilaciones entre el Comité de Asignación de Puntajes (Ciarp) y el Consejo de Facultad. Finalmente, intervino el Ministerio de Educación, que determinó que la obra debió ser evaluada desde el inicio por un par académico externo acreditado por Colciencias.

Tras encargar dicha evaluación, el nuevo concepto técnico dictaminó que no existía plagio y que la obra era original. Pese a este respaldo, la Universidad del Quindío decidió mantener como válido el informe inicial de Fisgativa, lo que llevó al docente a interponer una demanda ante la justicia.

El Juzgado Séptimo Administrativo concluyó que hubo violación al debido proceso en la evaluación académica y emitió un fallo que obliga a la universidad a:

  • Reconocer la obra como válida dentro del sistema de producción académica.
  • Enviar la obra a evaluación de un par académico externo.
  • Asignar el puntaje correspondiente para la nivelación salarial.
  • Pagar una indemnización económica al docente.

Indemnización considerada insuficiente

Aunque el fallo fue favorable para Ocampo, este calificó la compensación económica como insuficiente frente a los años de perjuicio moral y profesional que enfrentó por las decisiones irregulares de la universidad. En consecuencia, apeló la sentencia buscando una mejor compensación y un reconocimiento salarial retroactivo más justo.

Hasta el cierre de esta nota, la Universidad del Quindío no ha emitido ningún pronunciamiento oficial sobre el caso ni sobre las implicaciones del fallo en su política de evaluación académica.

CiudadRegion Noticias

CiudadRegion, es un diario regional donde se publican las principales noticias del Valle del Cauca, Risaralda, Quindío y Caldas.

Deja tu comentario

Publicaciones relacionadas

[mc4wp_form id="67000"]