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Ley de Garantías en Colombia: conozca cuándo inicia, qué prohíbe y qué permite

En menos de un mes empieza a regir la Ley de Garantías en Colombia.

A menos de un mes de su entrada en vigencia, el país se prepara para la implementación de la Ley de Garantías Electorales 2025 en Colombia, un marco normativo que tiene como objetivo prevenir el uso indebido de los recursos públicos durante los periodos preelectorales y electorales, garantizando la transparencia en la contratación estatal y la igualdad de condiciones entre los partidos y candidatos.

De acuerdo con la Circular Externa 006 de 2025, publicada por Colombia Compra Eficiente, el próximo 8 de noviembre comienza a regir la restricción de celebración de convenios interadministrativos para las entidades territoriales y sus entes descentralizados. Posteriormente, el 31 de enero de 2026, la medida se extenderá a todas las entidades estatales del país.

Estas restricciones permanecerán vigentes hasta el 31 de mayo de 2026, o hasta el 21 de junio, en caso de que se requiera segunda vuelta en las elecciones presidenciales.

¿Qué busca la Ley de Garantías Electorales?

La Ley de Garantías fue creada con el propósito de evitar que los recursos estatales sean utilizados con fines políticos durante las campañas electorales. Según la normativa, su objetivo principal es “garantizar la igualdad de condiciones entre partidos y candidatos”, evitando que desde la administración pública se favorezca a algún aspirante o movimiento político.

El director de Colombia Compra Eficiente, Cristóbal Padilla, explicó que la medida tiene un enfoque preventivo y busca reforzar la transparencia en la contratación:

“Queremos asegurar que la contratación estatal se mantenga transparente y libre de influencias políticas durante el proceso electoral”.

Fechas clave de la Ley de Garantías 2025

  • 8 de noviembre de 2025: inicia la restricción de convenios interadministrativos para entidades territoriales y entes descentralizados.
  • 31 de enero de 2026: se amplía la restricción a todas las entidades del Estado.
  • 31 de mayo de 2026: finaliza la medida si no hay segunda vuelta presidencial.
  • 21 de junio de 2026: culmina la restricción en caso de segunda vuelta.

Qué se puede hacer durante la vigencia de la Ley de Garantías

Aunque las restricciones son amplias, la ley contempla excepciones que permiten mantener el funcionamiento del Estado. Entre las actividades autorizadas se encuentran:

  • Adelantar procesos de selección pública, concursos de méritos, selección abreviada y mínima cuantía.
  • Prorrogar, adicionar o modificar contratos firmados antes de las fechas de restricción.
  • Celebrar convenios interadministrativos a título gratuito, es decir, sin manejo de recursos públicos.
  • Firmar contratos relacionados con la defensa, seguridad del Estado, crédito público o atención de emergencias educativas, sanitarias o por desastres naturales.
  • Suscribir contratos para reconstrucción de infraestructura (vías, puentes, carreteras, redes energéticas y de comunicaciones) afectada por atentados, desastres o casos de fuerza mayor.
  • Celebrar convenios con organismos de cooperación o asistencia internacional, así como con entidades de derecho público extranjero, conforme al artículo 20 de la Ley 1150 de 2007.

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Qué no se puede hacer bajo la Ley de Garantías

Durante el periodo de vigencia de la Ley de Garantías 2025, las entidades públicas deben abstenerse de:

  • Celebrar contratos de manera directa sin convocatoria pública, desde el 31 de enero de 2026.
  • Firmar convenios interadministrativos con recursos públicos, a partir del 8 de noviembre de 2025.
  • Usar recursos del Estado para favorecer candidatos o partidos políticos en campaña.

Estas limitaciones buscan impedir prácticas clientelistas y garantizar la equidad electoral, un tema de alta relevancia en el contexto político colombiano.

Impacto de la Ley de Garantías en las entidades públicas

La entrada en vigencia de la Ley de Garantías genera un cambio importante en la dinámica de la contratación estatal, especialmente en los departamentos y municipios que se preparan para la contienda electoral de 2026.

Durante este periodo, los entes descentralizados deberán ajustar sus cronogramas contractuales, evitando la firma de nuevos convenios que impliquen la ejecución de recursos públicos, salvo las excepciones permitidas por la norma.

Colombia Compra Eficiente destacó que las entidades deben planificar sus procesos contractuales con anticipación, para no incurrir en irregularidades ni retrasos administrativos una vez entren en vigor las restricciones.

CiudadRegion Noticias

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