REF. Recibos de servicios públicos
En Colombia, es frecuente que los usuarios de servicios públicos enfrenten cobros excesivos en sus facturas, una situación que genera incertidumbre y descontento. Sin embargo, la Ley 142 de 1994 establece mecanismos legales para que los ciudadanos puedan presentar sus reclamaciones de forma adecuada. En este artículo, le explicaremos cómo hacer un reclamo por cobro excesivo en servicios públicos, cuáles son los pasos a seguir y qué derechos lo respaldan.
Un cobro excesivo puede deberse a una desviación significativa, que se refiere a un cambio abrupto y sin justificación en el consumo de un servicio público, como energía, agua o gas. Para identificar esta situación, los usuarios deben comparar los consumos de los últimos tres meses en caso de facturación bimestral o de los últimos seis meses si la facturación es mensual.
Según la Ley 142 de 1994, los usuarios tienen hasta cinco meses desde el suceso para presentar una reclamación por cobro excesivo. Este plazo es crucial para evitar que se pierda la oportunidad de obtener una revisión del caso.
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El acceso a servicios públicos domiciliarios de calidad es un derecho fundamental. Las empresas prestadoras están obligadas a garantizar la transparencia en la facturación y a atender las inquietudes de los usuarios.
Si la empresa no responde en los tiempos establecidos o no brinda soluciones claras, puede acudir directamente a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, que cuenta con canales de atención al usuario y recursos para proteger sus derechos.
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