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El Consejo de Estado revoca limitación temporal en contratos por prestación de servicios

Dejaron sin efecto circular que restringía la duración de los contratos por prestación de servicios a un máximo de 4 meses.

El Consejo de Estado ha tomado una decisión significativa al dejar sin efecto la circular emitida por el Departamento Administrativo de la Función Pública, que restringía la duración de los contratos por prestación de servicios a un máximo de 4 meses. Esta medida, que buscaba regular la temporalidad de dichos convenios, fue impugnada por un ciudadano que argumentó la vulneración de principios constitucionales y legales.

La respuesta del Consejo de Estado establece que la circular, que pretendía limitar la suscripción de contratos por prestación de servicios con personas naturales, excedía las competencias del Departamento Administrativo de la Función Pública. Según el demandante, esta entidad estaba usurpando la capacidad del legislador para regular las inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones para contratar con el Estado, establecidas en la Constitución Política y la Ley 1551 de 2012.

El ciudadano que presentó la impugnación sostuvo que las entidades mencionadas desconocieron la autonomía atribuida por la Constitución a los organismos y entes del orden territorial en el ámbito de la contratación estatal. Argumentó que, en el caso de la regulación del contrato de prestación de servicios, la potestad del ejecutivo es subordinada y dependiente de normas de mayor jerarquía.

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La decisión del Consejo de Estado apunta a que no existe una disposición de rango constitucional o legal que prohíba suscribir un contrato de prestación de servicios por un período superior a cuatro meses. La Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas respalda esta perspectiva y aboga por la suspensión provisional de los efectos de la circular, argumentando que la limitación temporal impuesta invade la competencia del legislador y podría vulnerar el principio de autonomía territorial en la contratación estatal.

La circular fue criticada por varios congresistas, entre ellos la representante a la Cámara por Bogotá, Catherine Juvinao, quien expresó críticas contundentes, calificando la disposición como incoherente. “Hace un año advertimos que esta era una medida sin pies ni cabeza que solo se prestaría para más inestabilidad laboral y utilización política de los contratos de prestación de servicios. Totalmente incoherente, además, con el discurso de dignificar a los trabajadores”, dijo en su cuenta de X (antes twitter).

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