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Este es el procedimiento para expedir permisos para eventos y espectáculos públicos en Cartago

Este es el procedimiento para expedir permisos para eventos y espectáculos públicos en Cartago Duber de J Tabares Manzano | Cartago | 08 ENE 2016 – 2:47 pm

Atendiendo instrucciones de la primera autoridad del Municipio, la Secretaría de Gobierno, Convivencia y Desarrollo Social de la Administración del Alcalde Carlos Andrés Londoño Zabala, dio a conocer los requisitos que se deben tener en la cuenta a la hora de realizar eventos y espectáculos públicos en Cartago.

“Las personas naturales, jurídicas, públicas y privadas, cuando van a realizar eventos y espectáculos públicos, deben presentar solicitud de permiso y acreditar una serie de requisitos ante la mencionada Secretaría, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 211 al 214 del Reglamento de Policía y Convivencia en el Departamento del Valle del Cauca, Ordenanza 343 de 2011, Decreto 3888 de 2007, articulo 119 Ley 769 de 2002, Ley 9 de 1979, Acuerdo 005 de 2006 POT, Decreto 1355 de 1970, Resolución 0627 de 2006 del Ministerio de Ambiente, y las demás normas concordantes y complementarias”, precisa Juan Pablo Jaramillo Cendoya, Secretario de Gobierno.

En ese orden de ideas, el funcionario indicó que los interesados en la realización de eventos, deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Solicitud por escrito ante la Secretaría de Gobierno, con (15) días de anticipación al evento (Alcaldía Municipal 2° piso).
  • Contrato de arrendamiento, o permiso del propietario o representante legal del establecimiento, inmueble (lote, auditorio o sitio)
  • Solicitud y aprobación de eventos masivos, oficina de Consejo Municipal de Gestión del Riesgo (Clopad), (Alcaldía Municipal 2° piso)
  • Póliza de Responsabilidad Civil, Contractual y Extracontractual
  • Certificado acompañamiento Policía Nacional (calle 10 # 14-191)
  • Acreditar pago de impuestos (Rentas Municipales 1° piso Alcaldía)
  • En eventos masivos requiere contrato de baños móviles.

En relación con eventos masivos, Jaramillo Cendoya, anunció que se debe aportar el estudio de nivel de riesgo, elaborado por el Comando de la Estación de Policía Cartago.

Agregó que “si se va a ocupar espacio público, llámese zonas verdes, parques y similares, hay que tener en la cuenta las exigencias que se relacionan a continuación”:

  • Concepto Previo Favorable de Planeación Municipal en la calle 16 cra 3 y 4)
  • Contrato con Empresa Prestadora de Servicios de Aseo
  • Autorización de Empresas Municipales para realizar instalaciones esporádicas de servicios públicos  (calle 13 N° 5 A 23, piso 2°)

En cuanto a la ocupación de la vía pública, es decir, la calle, hay que presentar el concepto previo favorable o autorización de la Secretaría de Movilidad, Tránsito y Transporte, que está ubicada en la calle 10 N° 14-13.

Finalmente, el titular de Gobierno aseguró que si el evento es un concierto, fiesta, verbena, circos, casetas, desfiles, cabalgatas, reinados y similares, hay  que Paz y Salvo de SAYCO (celular 314 619 2022, fijo Pereira 3452040) y Paz y Salvo de ACINPRO (celulares 300 690 9536, 304 554 1241).

“No se dará trámite a las solicitudes que no anexen los anteriores requisitos”, puntualizó el Secretario de Gobierno

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