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Juez ordena a Fundación de primera dama rendir cuentas detalladas sobre los recursos del terremoto

El fallo amparó la tutela de un senador y exigió explicar los montos, la ejecución y los contratos de la campaña Colombia, un solo corazón. Ana Lucía Pineda había argumentado ser de carácter privado.

¿Por qué un juez ordenó a la fundación de Ana Lucía Pineda rendir cuentas del terremoto?

El Juzgado 126 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá ordenó a la Fundación Colombia Luz y Sonrisas, liderada por la primera dama Ana Lucía Pineda, ampliar sus respuestas al derecho de petición de un congresista. El juez determinó que, aunque es una entidad privada, la fundación asumió un rol público en la respuesta estatal frente al terremoto del pasado 10 de agosto bajo la campaña Colombia, un solo corazón, recibiendo y administrando donaciones.

Una orden judicial expedida por el Juzgado 126 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá obliga a la Fundación Colombia Luz y Sonrisas, dirigida por la primera dama Ana Lucía Pineda, a entregar información detallada y complementaria sobre la gestión financiera de las ayudas recibidas para atender a los damnificados por el terremoto del pasado 10 de agosto.

El juez falló a favor de una acción de tutela interpuesta por el senador del Pacto Histórico Alejandro Ocampo, luego de que la entidad contestara de manera parcial e incompleta un cuestionario de veinte preguntas enviado el pasado 1 de octubre de 2026, amparándose en su naturaleza privada.

Escrutinio público sobre una entidad privada

El apoderado legal de la fundación, Luis Rafael Cotes Daes, argumentó ante el despacho que la entidad no maneja recursos del Estado y que la figura de la primera dama carece de la calidad de servidora pública, afirmando que el control de sus cuentas correspondía exclusivamente a su junta directiva.

El juez reconoció que la fundación está constituida como una persona jurídica de derecho privado. Sin embargo, la providencia determinó que este carácter «no basta para excluir del escrutinio» sus operaciones financieras, debido al rol protagónico que la organización asumió como canal de recaudo para la respuesta estatal ante la emergencia.

El fallo sustentó esta consideración en tres hechos documentados: el presidente Abelardo de la Espriella designó públicamente a su esposa para coordinar las ayudas empresariales; la Vicepresidencia de la República difundió la cuenta bancaria de la fundación en canales oficiales; y la Superintendencia de Sociedades presentó la campaña Colombia, un solo corazón como una iniciativa gubernamental.

Bajo este marco, el despacho ordenó que la entidad rinda un informe sobre los aportes específicos que recibió, administró o distribuyó amparada bajo esa campaña solidaria.

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Requerimientos financieros y de seguimiento exigidos por el juez

En virtud de la orden de tutela, la fundación de la primera dama debe suministrar respuestas de fondo a los interrogantes planteados inicialmente por el senador Ocampo. Entre las exigencias ordenadas por el juzgado se encuentran:

  • Explicar detalladamente el origen y mecanismo de seguimiento de una donación específica destinada a la reconstrucción de infraestructura educativa y de salud en la ciudad de Cali.
  • Precisar si la fundación tiene conocimiento de aportes o transferencias realizados por contratistas vigentes del Estado.
  • Entregar información consolidada o anonimizada sobre los beneficiarios finales de las ayudas.
  • Informar los plazos de ejecución de las donaciones en dinero, así como los mecanismos de inventario y los reportes de pérdidas, deterioros o devoluciones de los aportes recibidos en especie.
  • Suministrar los documentos y soportes técnicos que validan el balance divulgado el pasado 16 de octubre.

Como excepción al fallo, el juez aclaró que la entidad no está obligada a generar o fabricar documentos inexistentes ni a revelar los nombres de las personas naturales que consignaron recursos económicos como donantes, amparando el derecho a la privacidad de los particulares.

Balance de 54.589 millones de pesos

Según el Informe de Gestión 2026 presentado por la fundación ante el juzgado como anexo en su defensa, la organización privada canalizó y administró un total de $54.589 millones.

El reporte precisa que la campaña destinó cerca de $12 millones a cubrir gastos administrativos internos. El informe sostiene que la organización movilizó 5.652 toneladas de ayuda en especie, impactando a más de 48.000 ciudadanos afectados en 80 municipios del país.

El 81 % del dinero recaudado en las cuentas corresponde a un único aporte efectuado por el Grupo Gilinski. La primera dama aclaró previamente que este rubro no se agotó en la fase de emergencia humanitaria, sino que fue congelado y reservado para la etapa de reconstrucción de viviendas en alianzas operativas con tres constructoras, proyectos que se ejecutarán bajo la base de datos del Registro Único de Damnificados administrado por cada alcaldía local.

Así mismo, aclaró que los beneficiarios deben haber perdido su vivienda y contar con un lote evaluado que no esté en zona de riesgo. De acuerdo a lo informado, la idea es empezar con cinco familias por municipio. Además, insistió en que la fundación rendiría cuentas de su gestión y aseguró que no tenía “nada que ocultar”.

Preguntas relacionadas:

  • ¿Cuánto dinero recogió la fundación de la primera dama por el terremoto? El Informe de Gestión 2026 anexado al juzgado indica que la Fundación Colombia Luz y Sonrisas canalizó un total de $54.589 millones.
  • ¿Por qué un juez ordenó a la fundación de Ana Lucía Pineda rendir cuentas si es privada? El despacho determinó que la entidad asumió un rol oficial como canal de respuesta del Gobierno y promocionó las donaciones a través de entidades del Estado.
  • ¿Quién demandó a la fundación de la primera dama por las donaciones? El senador del Pacto Histórico Alejandro Ocampo interpuso una acción de tutela tras no recibir respuestas de fondo a un derecho de petición de veinte preguntas.

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