
La Superintendencia de Transporte abrió investigación formal a 37 organismos de tránsito, incluyendo a las principales capitales colombianas. La ausencia de un concepto metrológico obligatorio invalidará 5,8 millones de infracciones y obligará a devolver más de un billón de pesos a los conductores.
¿Por qué perderán validez millones de fotomultas en Colombia y qué consecuencias enfrentan las secretarías de tránsito?
La Superintendencia de Transporte abrió una investigación administrativa contra 37 organismos de tránsito (entre ellos Cali, Medellín, Bogotá y Barranquilla) por operar sistemas de fotodetección sin cumplir los requisitos de la Ley 2251 de 2022 y la Resolución 718 de Mintransporte. La falla principal radica en la falta del concepto de desempeño del Instituto Nacional de Metrología. Como consecuencia, 5,8 millones de comparendos serán revocados de oficio y las entidades investigadas deberán devolver $1,05 billones correspondientes a 1,5 millones de multas ya pagadas, además de arriesgarse a sanciones conjuntas por más de $2,1 billones.
El sistema de fotodetección en Colombia, concebido originalmente como una herramienta tecnológica para mitigar la siniestralidad vial, enfrenta su crisis institucional más severa. Lo que durante años ha sido motivo de controversia jurídica y malestar ciudadano entre los conductores, derivó este miércoles en una intervención de control de proporciones inéditas por parte del Gobierno Nacional.
La apertura de pliegos de cargos contra 37 secretarías e institutos de tránsito del país no solo cuestiona la validez de millones de sanciones en las principales capitales, sino que pone en jaque la sostenibilidad financiera de las carteras locales de movilidad. La médula del problema no es procedimental; es un fallo técnico de fondo que vulnera el debido proceso.
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El vacío técnico que tumbó las infracciones
De acuerdo con la investigación liderada por la Superintendencia de Transporte, los organismos implicados incurrieron en faltas graves frente a los requisitos obligatorios de la Ley 2251 de 2022. La irregularidad transversal es la ausencia del concepto de desempeño que debe expedir de forma estricta el Instituto Nacional de Metrología, un aval indispensable que certifica la calibración, confiabilidad y legalidad de los cinemómetros y cámaras de vigilancia antes de que puedan capturar una infracción por exceso de velocidad, SOAT, técnico-mecánica o semáforos.
La radiografía de las faltas cometidas por las autoridades locales expone tres escenarios de ilegalidad administrativa:
- 12 organismos encendieron y operaron las cámaras sin contar jamás con el concepto de desempeño.
- 7 organismos pretendieron validar sus fotomultas utilizando conceptos técnicos expedidos a nombre de terceras entidades.
- 18 organismos regularizaron su documentación y obtuvieron el concepto técnico meses o años después de haber iniciado la imposición de multas a los ciudadanos.
Esta desconexión con la norma motivó un pronunciamiento de la ministra de Transporte, María Fernanda Rojas:
“Hoy el Gobierno Nacional le dice al país que las fotomultas no pueden convertirse en un mecanismo de recaudo por fuera de la ley. Cuando no se cumplen los requisitos técnicos y legales, los ciudadanos no pueden ser los que paguen las consecuencias. Aquí estamos protegiendo el debido proceso”, afirmó la funcionaria.
Un descalabro financiero de $2,1 billones para los municipios
Las dimensiones del impacto económico que se avecina dibujan un panorama sombrío para las arcas de los municipios investigados. El consolidado de la Superintendencia revela que bajo estas tecnologías defectuosas se impusieron 7,5 millones de comparendos.
De ese universo, un total de 1.582.398 ciudadanos ya cancelaron la sanción económica, lo que representó un recaudo superior a los $1,05 billones. Al declararse la ilegalidad del origen de la multa, estos recursos públicos deberán ser devueltos en su totalidad a los afectados.
El riesgo financiero se duplica debido a que la Ley 2251 de 2022 estipula que los organismos que violen los requisitos técnicos pueden ser multados por la Superintendencia con un valor equivalente al doble de lo recaudado ilegalmente. Esto eleva la contingencia fiscal global por encima de los $2,1 billones.
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Cali encabeza la lista de afectación con cerca de 2,7 millones de comparendos bajo revisión; le siguen Medellín con más de 717.000 casos, Bogotá con cerca de 294.000 y Barranquilla con más de 131.000 incidentes. El resto de las pesquisas incluye a secretarías de alto flujo vehicular como Cartagena, Bucaramanga, Villavicencio, Valledupar, Montería, Sincelejo, Soledad, Sabaneta y Villa del Rosario.
Revocatoria masiva y canales de consulta
Para los más de 1,4 millones de ciudadanos que tienen comparendos vigentes en estado de cobro, pero que aún no han sido pagados, la decisión representa un alivio directo. Un bloque de 5.832.906 fotomultas quedará sin validez jurídica y tendrá que ser revocado de oficio por las propias secretarías investigadas, sin que el usuario deba interponer derechos de petición o recursos complejos.
El superintendente de Transporte, Alfredo Piñeros, matizó la rigurosidad de la medida aclarando que el propósito no es desmontar la tecnología de control vial, sino forzar su transparencia: “No estamos actuando contra la seguridad vial. Estamos actuando contra posibles irregularidades que afectan la legalidad y la confianza ciudadana”.
El Ministerio de Transporte anunció que habilitará en sus canales oficiales de atención los listados detallados de los comparendos afectados y los rangos de fechas específicos cobijados por la medida, abriendo la puerta a un proceso de reclamación masiva que marcará un antes y un después en la forma en que el Estado vigila a los conductores en las vías del país.




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