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Socialización Ruta de Atención para la erradicación de Violencias Basadas en Género

Socialización Ruta de Atención para la erradicación de Violencias Basadas en Género Duber de J Tabares Manzano | Cartago | 02 SEP 2014 – 5:44 pm

Tal y como se había anunciado, en la mañana de este martes 2 de septiembre durante una rueda de prensa, el Comité para la Erradicación de las Violencias Basadas en Género se presentó ante los medios de comunicación y por su intermedio ante la ciudadanía. En el encuentro con los periodistas fue socializada la ruta de atención que tiene dicho Comité ante casos de violencia basadas en género.

La rueda de prensa fue liderada por las entidades que hacen parte del Comité, tales como: la Secretaría de Salud, la Casa de Justicia, la Comisaría de Familia, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la Caja de Compensación Familiar COMFANDI, el Instituto de Medicina Legal, entre otras.

El Comité para la Erradicación de las Violencias Basadas en Género, se convierte en un equipo de ayuda para quienes son violentados o se encuentran en riesgo de sufrir las consecuencias este fenómeno. En relación con la Ruta de atención, el mencionado Comité hace las siguientes recomendaciones:

  1. Si usted es maltratada físicamente con golpes o estrujones; psicológicamente con gritos, malas palabras, por persecución, por control excesivo; económicamente con el control de sus gastos o de su dinero; o sexualmente por violación, por ser tocada sin su consentimiento, exhibicionismo por su esposo, novio, padre, hermano, hijo o cualquier familiar o vecino.
  2. Usted puede denunciar ante: La Comisaría de Familia, la URI, la estación de policía o la inspección de policía. Si la víctima es menor de edad la denuncia debe hacerse en Comisaría de Familia o el ICBF.
  3. Si es un delito sexual debe ir a cualquier centro de salud por urgencias y debe tratarse como urgencia vital, si ya han pasado días, meses o años puede ir por consulta externa.
  4. Tras la denuncia que no tiene ningún costo, ni tampoco debe presentar pruebas, usted tiene derecho a: Medidas de protección en el corto plazo expedidas por la Comisaría de Familia tales como desalojo del agresor, que le impidan la entrada a la casa o al trabajo de la víctima, que le quiten las armas o que le ordenen devolver el hijo en caso de que se lo haya llevado.
  5. De acuerdo con la gravedad de la agresión, la víctima también tiene derecho a que un juez de garantías ordene medidas de atención como que las EPS les de alojamiento hasta por seis meses para ella y sus hijos, incluyendo comida y transporte para las consultas médicas. Así mismo, protección policial para realizar las gestiones derivadas de la denuncia.
  6. En Cartago tras la denuncia y la restitución de sus derechos, las mujeres pueden acceder a talleres para restituir además sus derechos económicos y sociales en la Casa de Justicia en temas como: pintura en tela, bordados, peluquería, manicura, pedicura, bolsos en cuero y otros que les permita alcanzar una independencia económica.
  7. De igual manera, se cuenta con el Comité de Seguimiento a la Ley 1257 y a las violencias basadas en género que pretende orientar a las víctimas y apoyar la restitución de sus derechos en el que tiene asiento Medicina Legal, ICBF, Alcaldía a través de varias dependencias, Casa de Justicia, Iniciativa de Mujeres por la Paz y Comfandi a través de su programa con menores vulnerables.
  8. Además tenga en cuenta que:

– Ante una agresión sexual no debe lavar la ropa ni bañarse, porque allí se encuentra la evidencia.

Las denuncias por violencias basadas en género no son conciliables ni renunciables, si la víctima se retracta igual el caso sigue y en muchos casos el agresor termina en la cárcel.

– Una de las principales herramientas que tienen las mujeres es la Ley 1257 de 2008 que adopta normas destinadas a garantizarles una vida libre de violencias en los ámbitos pública y privada.

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