La secretaria de Educación del Departamento, Martha Balcázar informó a la ciudadanía que la orden de arresto que se había cursado por desacato de tutela en contra de su Despacho y del Gobernador, esta semana, fue solucionada teniendo en cuenta que la Gobernación sí ha cumplido con el debido proceso.
“Con el equipo de abogados de la Secretaría y con los jueces de los respectivos juzgados aclaramos el tema de los arrestos ya que son varios, para responderle a la comunidad. Estos mandatos de los jueces obedecen a la falta de respuestas que no se ha dado en todos estos años y que ha hecho que se haya llegado a ese punto”.
Balcázar, se refirió a la acción de tutela impuesta por el juzgado civil del circuito de Roldanillo (Valle), en reclamo de una pensión de sobrevivientes no cancelada a Jhoana Alexandra Tamayo Buriticá y Carlos Alberto Ramírez Tamayo, hijos de la docente Bárbara Rosa Tamayo Buriticá, quienes a la fecha del deceso de la señora (año 2004), aún eran menores de edad.
La titular de la cartera, explicó que, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, mediante Resolución No. 3458 del 13 de diciembre de 2007, reconoció y ordenó pagar la pensión a favor de los hijos de la docente fallecida, prestación económica que se reconoció a partir del 1 de agosto de 2004, por un término de cinco años. “De acuerdo con la información suministrada por la Fiduprevisora S.A, entidad encargada de administrar los recursos del Fondo, la prestación económica fue cancelada desde el 1 de agosto de 2004 y suspendido el pago en julio de 2009 por cumplimiento de los cinco años conforme al Decreto 224 de 1972, posteriormente fue reactivada en cumplimiento del fallo de tutela proferido por el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Cali, en el mes de julio de 2012 y fue cancelada hasta el 30 de septiembre de 2014”.
se reconoció y ordenó pagar las mesadas adeudadas a Jhoana Alexandra Tamayo Buriticá
Igualmente, continuó explicando la Secretaria Balcázar, la Secretaría de Educación envió el acto administrativo a la Fiduprevisora en el que se especifica el cumplimiento a la Sentencia de Nulidad y Restablecimiento del derecho No. 278 del 13 de diciembre de 2007, el Juzgado Primero Administrativo de Descongestión de Cartago (Valle), en la que se declaró la nulidad parcial de la Resolución No.3458 del 13 de diciembre de 2007. Y como consecuencia de lo anterior, se reconoció y ordenó pagar las mesadas adeudadas a Jhoana Alexandra Tamayo Buriticá, desde la fecha de suspensión hasta el 28 de noviembre de 2014 fecha en la cual cumplió los veinticinco (25) años de edad. Y a su hermano, desde la fecha en que fueron suspendidas, teniendo en cuenta la certificación expedida por la Universidad Nacional.
Una vez el apoderado de los accionantes aporte los documentos requeridos para adelantar el trámite ante la Fiduprevisora S.A, se avanzará en el proceso para dar cumplimiento a la Sentencia y Restablecimiento de Nulidad y Restablecimiento del Derecho, toda vez que estos documentos son requisitos exigidos por la entidad pagadora.
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