El proyecto de Presupuesto de Cartago para la vigencia 2018 que hundió el Concejo al finalizar el año, de todas maneras iba a ser demandado por las JAL.
De acuerdo al presidente de la Asociación de Juntas Administradoras Locales de Cartago, JAL, Jesús Arley Monsalve, «razón tendría la Comisión de Presupuesto del Concejo al no aprobar el proyecto, posiblemente porque tampoco les fue socializado debidamente y presentar grandes falencias».
Recordó Monsalve que el Artículo 91 de la Ley 136 en su parágrafo ocho es muy claro cuando afirma que los alcaldes consultarán con las JAL los términos del presupuesto antes de ser presentado a los Concejos Municipales.
No se socializó
En Cartago, señaló el líder de las JAL, el Alcalde Carlos Andrés Londoño Zabala no cumplió con ese mandato y, de ahí que violó la misma Constitución, tras advertir que ya las Juntas Administradoras Locales habían tomado la decisión de demandar el Proyecto de Presupuesto.
Monsalve dijo que las JAL están a la expectativa de una reunión con los diferentes secretarios de despacho de la Administración Municipal de Cartago para analizar el Plan de Desarrollo y buscar, de manera concertada, fórmulas que identifiquen rubros que puedan destinarse a obras en las Comunas.
En un comienzo serán convocados a la reunión los secretarios de Hacienda, Gobierno, Infraestructura, Salud y Planeación, además del Instituto Cartagüeño de Vivienda, Incavi, para que de común acuerdo se establezcan las inversiones en los barrios, especialmente en los sectores de mayor vulnerabilidad.
Inconstitucionalidad
«El alcalde es sabedor de que la ley le da visos de inconstitucionalidad a todas aquellas decisiones que afectan presupuestalmente y en inversiones a las comunas, si antes de ser presentadas a los Concejos Municipales no se socializan con las Juntas Administradoras Locales, JAL», señaló.
Al margen de que se apruebe o no el presupuesto, los gobiernos se obligan a cumplirles a las JAL con todo lo logístico, tanto en lo material como en lo humano, es decir, personal administrativo para el funcionamiento de las comunas, equipos, transporte y todo lo necesario en el trabajo de esos entes, manifestó
Este año 2018 las Juntas Administradoras Locales, JAL sesionarán en las distintas comunas en audiencias públicas y Cabildos Abiertos, a las cuales serán invitados los diferentes funcionarios de la Administración Municipal para que conozcan de primera mano los problemas de los barrios y se comprometan con sus soluciones.
Asistencia
Monsalve advirtió que la asistencia de los funcionarios que se convoquen, comenzando por el alcalde, es obligatoria, y para que esto se cumpla se buscará la veeduría y vigilancia permanente de la Personería y la Procuraduría.
Los mandatarios locales no podrán delegar en subalternos su asistencia y, en caso de que en Cartago el alcalde no se haga presente se procederá a solicitar la apertura de las respectivas investigaciones en su contra.
El presidente de la Asociación de Ediles aglutinados en las JAL manifestó que desde hace varios meses solicitó al Alcalde la inclusión de una partida de $200 millones para la adquisición de computadores, impresoras, equipos de sonido, mobiliario, refrigerios, transporte y otros elementos necesarios en el funcionamiento, pero su solicitud no encontró eco.
Año de las JAL
Este será el año de las JAL, y a diferencia de vigencias anteriores se exigirán todos los derechos de ley que amparan a las JAL» y, consecuentemente, aseguren recursos para la ejecución de obras en las comunas y sus barrios, señaló el dignatario.
Las comunas requieren de un asesor jurídico especializado en derecho administrativo para que oriente a las JAL en las decisiones frente a sus relaciones con el ejecutivo.
Monsalve reveló que en adelante cada comuna del municipio elevará derechos de petición a la Administración Municipal exigiendo sus derechos, so pena de que se solicitarán las investigaciones pertinentes en caso de que no se atiendan sus demandas de ley.
Corporación
Dijo que el alcalde debe entender que las JAL son una corporación de carácter edilicio como los concejos. La única diferencia entre los dos, es que los concejales reciben honorarios, mientras que los comuneros no. Pero también porque los concejales sesionan para la ciudad, en tanto que las JAL lo hacen en favor de las comunas.
Señaló Monsalve que desde ya es necesario demarcar las funciones entre los concejales y los ediles, pues advirtió que los primeros no tienen ninguna injerencia en las comunas.
También es necesario aclarar que una cosa son las Juntas Administradoras Locales, y otra las Juntas de Acción Comunal, dijo.
Potestad
Advirtió que las obras en los barrios son gestionadas y ejecutadas por las JAL con el concurso de las Juntas de Acción Comunal y las fuerzas vivas del municipio, y de ahí que los concejales no deben abrogarse esta labor y ese derecho.
La injerencia directa de las JAL en las obras de los barrios se dio desde el momento mismo en que el municipio fue dividido en comunas, pues desde entonces esa potestad la perdió el Concejo Municipal.
Hoy por hoy son las Juntas Administradoras Locales las llamadas al desarrollo, la inversión social y el bienestar de los barrios integrados en comunas, señaló el dirigente.
Nombramiento
Finalmente, Jesús Arley Monsalve manifestó que además de un abogado especializado en derecho administrativo le pedirá al Alcalde Londoño Zabala el nombramiento de un experto en construcción de proyectos para que las Comunas puedan presentar sus iniciativas y accedan a los recursos del orden municipal.
«Que no haya dinero en las arcas municipales no es disculpa para no atender los requerimientos de las comunas, pues la ley habla de cumplir y no de condescender por la falta de recursos, recordó el presidente de las JAL en la ciudad.
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