El Director General de una Corporación Autónoma Regional debe ser retirado de su cargo al momento de cumplir la edad de retiro forzoso.
Óscar Libardo Campo, quien tiene más de 65 años, se encuentra en edad de retiro forzoso
Así le respondió el Consejo de Estado al Ministerio de Ambiente que solicitó un concepto al alto tribunal para determinar si dicha norma aplicaba para Óscar Libardo Campo, actual director de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, CVC. El funcionario tiene más de 65 años, edad tope para poder ejercer el cargo.
La consulta, solicitada por el Ministerio en el 2013, fue respondida por la sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el pasado 10 de febrero. Sin embargo, la alta corte se tomó seis meses de reserva legal antes de revelar la respuesta, conocida este jueves en la noche.
De acuerdo con la sentencia, “el Director General de una Corporación Autónoma Regional está sometido a la regla general de retiro forzoso al cumplir la edad de los 65 años…no se encuentra amparado por excepción”. Esto significa, a la luz del fallo, que Campo tendría que abandonar el cargo.
Este pronunciamiento se une a otros conceptos jurídicos que con anterioridad han controvertido la continuidad del funcionario en la Dirección de la CVC. Uno de ellos se dio el 10 de febrero de este año, cuando el Juez 17 Superior Administrativo Oral de Cali falló una acción de cumplimiento, donde ordenaba la remoción de Campo por sobrepasar la edad permitida para ocupar el cargo.
Sin embargo, dicha decisión fue impugnada en febrero de este año y terminó anulada por el Tribunal Contencioso Administrativo del Valle en julio, por considerar la acción de cumplimiento improcedente. Aún se espera el fallo de segunda instancia por parte de dicho tribunal.
Frente a la decisión, el actual Director de la CVC, respondió, sobre su continuidad en el cargo, que “se trata de una decisión que deberá analizar el Consejo Directivo, de acuerdo a sus competencias”.
Agregó, además, que “me siento apto para ocupar el cargo, con habilidades plenas para seguir desempeñando mis labores como has ahora lo he hecho”.
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