El gobierno de Pereira explicó en que consisten las nuevas medidas que regirán hasta el 1 de octubre de 2020.
“El nuevo Aislamiento Selectivo que nos ordena el Gobierno Nacional de acuerdo al Decreto 1168 que salió la semana inmediatamente anterior, menciona algunos cambios, por ejemplo: no vamos a continuar con el pico y cédula para los establecimientos financieros, los trámites notariales y la entrega de medicamentos“, dijo Álvaro Arias, secretario de Gobierno de la ciudad de Pereira.
El funcionario indicó que se continuará con la exención del pico y placa para vehículos particulares. Arias señaló que “esto abre la posibilidad para que las personas sigan utilizando sus transportes particulares y así disminuir la carga del sistema de transporte masivo”.
Además, se continuará con la regulación del horario en las zonas de cargue y descargue en el centro de la ciudad, de 7:00 de la noche a 7:00 de la mañana.
“Vamos a continuar con la peatonalización de la carrera 7ª y 8ª dándole la posibilidad a las personas que tengan mayor espacio para movilizarse, conservando el distanciamiento social que corresponde y así evitar aglomeraciones en el centro de la ciudad”, explicó.
El secretario de Gobierno de Pereira aclaró que se adoptaron en su totalidad las decisiones del Gobierno Nacional frente a la prohibición de apertura de bares y discotecas, la prohibición de consumo de bebidas alcohólicas en sitios públicos y la prohibición de aglomeraciones superiores a 50 personas, ya sea en actividades públicas o actividades privadas.
Mediante el Decreto 844, se estableció la prohibición de eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas que vayan en contra de las disposiciones suministradas por el Ministerio de Salud.
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Por otro lado, por directrices del Gobierno Nacional y en busca de la reactivación económica, se permite en adelante la movilidad intermunicipal.
Finalmente, dejaron claro que el uso del tapabocas, el lavado frecuente de manos, el monitoreo de síntomas y el distanciamiento social siguen siendo obligatorios cuando las personas se encuentren fuera de su domicilio.
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